Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091230-0198
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 8 DE MÁLAGA EDICTO Doña María Rosario Serrano Lorca, secretaria judicial del Juzgado de lo social del número 8 de Málaga. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1.207 de 2008, a instancias de la parte actora don Raji Thomas, contra la empresa “Ucrinforma, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad se ha dictado sentencia número 439 de 2009 de fecha 10 de noviembre de 2009, en cuya parte dispositiva es la siguiente: Primero.—Estimar la demanda sobre reclamación de cantidad interpuesta por don Raji Thomas, contra la empresa “Ucrinforma, Sociedad Limitada”. Segundo.—Condenar a la referida empresa demandada, a que abone a la parte demandante, por los conceptos ya expresados, la cantidad de 2.244,17 euros, más la cantidad de 224,41 euros en concepto de mora, lo que hace un total de 2.468,58 euros, más los intereses legales del artículo 576.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de la presente hasta la del pago. Incorpórese la presente sentencia al correspondiente libro, librándose testimonio de la misma para su unión a los autos, y notifíquese a las partes, advirtiéndoles que contra la misma y de conformidad con la vigente Ley de Procedimiento Laboral cabe el recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo social, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente y debiendo, si el recurrente es el demandado, consignar en la cuenta corriente número 2985, codificación 67, que este Juzgado tiene abierta en el “Banco Español de Crédito”, entidad 0030, sucursal 4160, sita en Alameda de Colón, número 34, la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria de avalista. Y la suma de 150,25 euros en la citada cuenta, codificación 65, del expresado bando y sucursal. Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, José Luis Manjón-Cabeza Marín. Y para que sirva de notificación a la empresa demanda “Ucrinforma, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Málaga, a 2 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/42.167/09) |

