Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091230-0065
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 71 DE MADRID EDICTO Doña Rosario Negredo del Cerro, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 71 de Madrid. Hace saber: Que en el juicio verbal de desahucio número 1.468 de 2009, seguido ante este Juzgado de primera instancia número 71 de Madrid, se ha acordado notificar la sentencia dictada en fecha 21 de octubre de 2009 a la demandada doña Patricia Godes Marco mediante la publicación del presente, siendo la parte dispositiva de dicha resolución del tenor literal siguiente: Que estimando la demanda formulada por la procuradora doña Yolanda Luna Sierra, en nombre y representación de don Jesús Manuel Jiménez Laso, don José Santos Jiménez Laso y don Luis Miguelpedro Jiménez Laso, contra doña Patricia Godes Marco, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que ligaba a ambas partes sobre la finca urbana sita en la calle Illescas, número 68, cuarto D, 28047 Madrid, condenando a la demandada a que la deje libre y expedita a disposición de la parte actora en los plazos legales, bajo apercibimiento de que de no verificarlo se procederá a su lanzamiento, el cual se efectuará el día 19 de enero de 2010, a las once cuarenta y cinco horas, si lo solicitase la parte demandante en la forma prevenida en el artículo 549 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Y debo condenar y condeno a dicha parte demandada a que abone a la parte actora las rentas vencidas e impagadas por importe de 1.153,92 euros y las de vencimiento posterior hasta la fecha de entrega de posesión o lanzamiento de la vivienda, así como el interés legal desde la fecha de la interpelación judicial, y todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada. Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitando a citarla resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo. La admisión del recurso precisará que al prepararse se haya consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” número 0030/1845/02/3250/1468/09, abierta a nombre del Juzgado en la entidad “Banesto”, el depósito de 50 euros exigido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial. En Madrid, a 7 de diciembre de 2009.—La secretaria (firmado). (02/14.247/09) |

