Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
30-12-2009

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091230-0169

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Pleno del Ayuntamiento

Secretaría General

ANUNCIO

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 23 de diciembre de 2009, ha adoptado el siguiente acuerdo:

“Aprobar el presupuesto general del Ayuntamiento de Madrid para 2010, integrado por el presupuesto del propio Ayuntamiento, los de los organismos autónomos dependientes del mismo y los estados de previsión de gastos e ingresos de las sociedades mercantiles cuyo capital social pertenece íntegramente al Ayuntamiento de Madrid”.

Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la presente publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Se procede a continuación a la publicación de dicho presupuesto general resumido por capítulos de cada uno de los presupuestos que lo integran, así como de las Bases de Ejecución del mismo.

El texto íntegro del mencionado presupuesto general para 2010 está previsto que sea publicado en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” de 29 de diciembre de 2009.

PREÁMBULO

El Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2010 se enmarca en la situación de crisis económica por la que estamos atravesando, que en el ámbito de las Administraciones Públicas se ha traducido en una progresiva caída de ingresos desde 2008. La necesidad de adecuar el presupuesto al Objetivo de Estabilidad presupuestario establecido por el Gobierno de España para las Corporaciones Locales, ha obligado a reducir el presupuesto de gastos para garantizar el equilibrio en términos de Contabilidad Nacional.

Los ajustes a los que nos ha obligado esta situación han implicado fundamentalmente una reducción de las inversiones, no de las que ya están en curso, que se mantienen con normalidad, sino de los nuevos proyectos planificados, que quedan aplazados para próximos ejercicios. También ha sido preciso minorar el gasto corriente, y por eso se ha optado por ajustar de forma prioritaria todos aquellos aspectos que tienen que ver con el propio funcionamiento de la Administración, evitando así tener que reducir los servicios que se dirigen directamente al ciudadano, porque la prioridad de este presupuesto ha sido mantener todas las prestaciones que son más necesarias para los madrileños, garantizando el mismo nivel de cobertura del que ya disfrutan actualmente.

Todas estas circunstancias hacen que la necesidad de actuar conforme a los principios de eficacia y eficiencia este año se convierta en auténtica exigencia. Y en ese contexto las presentes Bases de Ejecución adquieren mayor importancia que en pasados ejercicios, ya que son la única herramienta de la que disponemos los Ayuntamientos para adaptar a nuestras peculiaridades el rígido marco normativo al que estamos sujetos. Pese a que el margen de discrecionalidad del que disponemos es muy pequeño, hemos tratado de aprovecharlo al máximo para tratar de convertir estas Bases en una prolongación del propio presupuesto, tratando de establecer los procedimientos que nos permitan desarrollar una gestión ágil y transparente de los recursos de los que disponemos.

Finalmente, hay que señalar que el presupuesto se ha adecuado a la nueva estructura presupuestaria para las entidades locales establecida por la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 3 de diciembre de 2008, cuya principal novedad radica en la sustitución de la clasificación funcional por una clasificación, también estructurada en programas, pero agrupada en Áreas de Gasto, Políticas de Gasto y Grupos de Programas.

Madrid, a 23 de diciembre de 2009.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(03/43.365/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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