Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
30-12-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091230-0012

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

GUADARRAMA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

La alcaldesa de este Ayuntamiento, mediante decreto 609/2009, ha resuelto lo siguiente:

Primero.—Cesar a doña María del Carmen Rodríguez Hermoso como quinta teniente de alcalde.

Segundo.—Nombrar a las personas que a continuación se indican miembros de la Junta de Gobierno Local y para sustitución de la Alcaldía en los casos de vacante, a quienes corresponderá sustituirme en la totalidad de mis funciones por el orden de su nombramiento:

— Don Miguel Rodríguez Bonilla, primer teniente de alcalde.

— Doña Sara Villa Ruiz, segunda teniente de alcalde.

— Don Ricardo Lozano Carmona, tercer teniente de alcalde.

— Don Miguel Ángel Conde Herrero, cuarto teniente de alcalde.

— Doña Áurea Escudero Hernández, quinta teniente de alcalde.

Tercero.—Establecer para doña María del Carmen Rodríguez Hermoso un régimen de dedicación del 25 por 100, conforme al acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 18 de agosto de 2008.

Cuarto.—De la presente resolución se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre, notificándose además personalmente a los designados, y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la firma de la presente resolución.

Asimismo, mediante decreto 610/2009, ha resuelto:

1.  Se modifican las delegaciones especiales creadas por el decreto de esta Alcaldía 511/2008, de 11 de agosto, y se nombran para ello los concejales que se indican:

— Urbanismo y Servicios: don Miguel Rodríguez Bonilla.

— Servicios Sociales, Mujer, Juventud y Sanidad: doña Áurea Escudero Hernández.

— Comunicación, Educación y Cultura: doña Sara Villa Ruiz.

— Hacienda, Personal, Régimen Interior, Urbanizaciones y Calidad de los Servicios: don Ricardo Lozano Carmona.

— Desarrollo Local, Tráfico y Transportes: don Francisco Javier Martínez García.

— Infraestructuras y Planificación de Inversiones: don Miguel Sáez López.

— Protección Civil y Tecnologías de la Información: doña Noelia Pozas Tartajo.

— Medio Ambiente: don Enrique Herranz Bravo.

2.  Las atribuciones generales de las Concejalías-Delegadas, en las materias propias de cada una de ellas, serán las siguientes:

a) Dirección interna, gestión, inspección e impulso inmediato de los servicios municipales a su cargo.

b) Prestar su visto bueno a todas las facturas emitidas al Ayuntamiento que traigan causa de la gestión de sus servicios.

c) Formular propuesta de gasto o de inicio de expediente de contratación.

d) Propuesta a la Alcaldía sobre gratificaciones y complementos de productividad del personal adscrito a sus servicios.

3.  Se establecen las siguientes atribuciones específicas:

— Concejalía de Urbanismo y Servicios: se incluyen, en todo caso, las siguientes materias: vivienda, adquisición y enajenación de terrenos, saneamiento, abastecimiento y distribución de aguas, limpieza viaria y recogida, eliminación o tratamiento de residuos, jardinería y representación en Juntas de Compensación.

— Delegación de Educación y Cultura: incluye la vicepresidencia ejecutiva del Patronato Municipal de Cultura.

— Concejalía de Hacienda, Personal, Régimen Interior y Urbanizaciones:

a) Autorización y disposición de gastos hasta un importe de 5.000 euros, así como su reconocimiento y liquidación.

b) Ordenación de todo tipo de pagos de obligaciones reconocidas.

c) Estudio de las cuentas y de los servicios económicos y financieros del Ayuntamiento.

d) Jefatura directa de todo el personal, con facultades decisorias en materia de vacaciones (excepto cuadrantes), permisos, licencias, días de libre disposición, antigüedad, así como la firma de los contratos del personal laboral al servicio del Ayuntamiento.

e) “Visto bueno” de los certificados de Secretaría previstos en el artículo 205 del Reglamento de Organización y Funcionamiento. Informes de Alcaldía sobre situaciones personales que puedan requerirse por otros organismos públicos.

f) Formalización de solicitudes de subvenciones de toda clase en caso de urgencia, dando cuenta inmediata a la Junta de Gobierno Local.

g) Representación del Ayuntamiento en las entidades urbanísticas de conservación, coordinando con las Concejalías correspondientes los servicios municipales que se puedan presentar en las urbanizaciones.

h) Reconocimiento y liquidación de derechos individuales de ingresos tributarias y de derecho público.

i) Se incluyen los servicios de atención al ciudadano y participación ciudadana.

— Concejalía de Deportes y Festejos: incluye la vicepresidencia ejecutiva del Patronato Municipal de Deportes.

— Delegación de Medio Ambiente: se incluyen las actividades relacionadas con los montes públicos y fincas rústicas municipales, la agricultura, ganadería, caza y animales domésticos; se incluye el desarrollo del carril bici.

4.  Régimen jurídico: en lo no previsto expresamente en el decreto se estará a lo dispuesto en los artículos 43 a 45, 114 a 118 y 120 a 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

5.  Efectividad y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. De la presente resolución se dará traslado a los interesados y al Pleno del Ayuntamiento, surtiendo efecto desde el día siguiente al de su firma, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Guadarrama, a 11 de diciembre de 2009.—El concejal-delegado (decreto de 11 de agosto de 2008), Ricardo Lozano Carmona.

(03/42.630/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091230-0012