Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091230-0052
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS VILLA DEL PRADO RÉGIMEN ECONÓMICO Aprobado inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal número 6 de la Casa de Niños por acuerdo de Pleno de 3 de agosto de 2009 no se han producido alegaciones al mismo durante el período de información pública de treinta días hábiles (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de octubre de 2009), con lo que se considera definitivamente aprobado el texto de: Modificación artículo 6 de la ordenanza fiscal número 6 de la Casa de Niños El artículo 6 de la citada ordenanza queda redactado de la siguiente manera: “Art. 6. Cuota tributaria.—El cuadro de tarifas aplicable será el que establezca el Consejo de Gobierno u órgano competente de la Comunidad de Madrid en relación con las Casas de Niños-Aulas Infantiles para cada curso escolar. Para facilitar la información sobre las tarifas aplicables a los usuarios el cuadro de tarifas vigentes se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento antes del inicio de cada curso escolar. Cuando existan razones sociales o benéficas, se podrá aprobar un sistema general de ayudas o propuestas concretas de reducciones de la tarifa mensual a aquellos usuarios del servicio cuyas familias lo necesiten, previo informe de los servicios sociales competentes”. En Villa del Prado, a 11 de diciembre de 2009.—La alcaldesa-presidenta, Belén Rodríguez Palomino. (03/42.769/09) |

