Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091231-0155
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 27 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 170 de 2004 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Fundación Laboral de la Construcción, contra la empresa “Campeña de Jardines, Sociedad Limitada”, “Camposangil, Sociedad Limitada”, “Carpio Barco Balbino y Serrano Gómez José A., Comunidad de Bienes”, “Construmat y Periferia, Sociedad Limitada”, don Ángel García Fernández, don José García López, “Instamo, Sociedad Anónima”, “Valparaíso Sociedad de Proyectos y Construcciones, Sociedad Limitada”, Ildefonso Vázquez González, “Vinresa 89, Sociedad Limitada”, “Yesos Cartobani, Sociedad Limitada”, “Yesos Provencio, Sociedad Limitada”, don Segundo Yuste Rubio, doña Raquel Yubero Ramos, “Zacori Técnicos, Sociedad Limitada”, y “Zeita Decoraciones, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Providencia Magistrada-juez de lo social, doña Concepción del Brío Carretero.—En Madrid, a 31 de marzo de 2009. Dada cuenta; visto el contenido de la diligencia anterior ha lugar el embargo del sobrante acordado en la ejecución número 143 de 2008, seguida en este Juzgado por un importe de 6.105,04 euros de principal, más 460 euros y 610 euros de intereses y costas provisional y respectivamente, contra “Yesos Provencio, Sociedad Limitada”, y otros; y figurando en la presente ejecución a favor de “Yesos Provencio, Sociedad Limitada”, un sobrante por importe de 979,43 euros, transfiérase en concepto de sobrante dicha cantidad a la ejecución indicada. Existiendo un sobrante por importe de 99,76 euros a favor de la empresa demandada “Construmat y Periferia, Sociedad Limitada”, y habiéndose comprobado a través de la terminal informática de Decanato que en el Juzgado de lo social número 4 se siguen ejecuciones número 172 de 2003 y número 175 de 2003, y en el Juzgado de lo social número 19 la ejecución número 135 de 2003, contra la misma empresa demandada, líbrense oficios a dichos Juzgados a fin de que puedan solicitar el sobrante existente por plazo de cinco días, transcurridos los cuales sin que lo soliciten se devolverá a la empresa demandada. Habiéndose consultado la base de datos de Decanato y comprobado que no existen más ejecuciones en otros Juzgados que se sigan contra las demandadas: “Instamo, Sociedad Anónima”, “Vinresa 89, Sociedad Limitada”, “Yesos Cartobani, Sociedad Limitada”, y “Zacori Técnicos, Sociedad Limitada”, póngase a disposición de “Instamo, Sociedad Anónima”, la cantidad de 5,50 euros; de “Vinresa 89, Sociedad Limitada”, la cantidad de 4,24 euros; de “Yesos Cartobani, Sociedad Limitada”, la cantidad de 7,61 euros; de “Zacori Técnicos, Sociedad Limitada”, la cantidad de 60,17 euros, todos ellos en concepto de sobrante, expidiéndose mandamientos de pago por tales importes que podrán ser retirados previa petición de cita en los teléfonos arriba indicados. Habiéndose culminado todas las actuaciones e indagaciones ordenadas en averiguaciones de bienes de “Valparaíso Sociedad de Proyectos y Construcciones, Sociedad Limitada”, sin que hayan resultado positivas y quedando pendiente de satisfacer la cantidad de 38,40 euros de principal, más 2,20 euros y 3,80 euros de intereses y costas provisional y respectivamente, dese audiencia a la parte ejecutante Fundación Laboral de la Construcción para que en el término de cinco días inste lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecución, designando en tal caso bienes concretos de los deudores sobre los que despachar ejecución, apercibiéndole que en caso de que no realice ninguna manifestación se procederá a declarar insolvente a dicha ejecutada. Habiendo tenido conocimiento de que la demandada “Camposangil, Sociedad Limitada”, ha sido declarada en concurso de acreedores por el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, autos número 41 de 2004, líbrese oficio a dicho Juzgado con el fin de que remita testimonio de la resolución que declara a dicha empresa en concurso. Notifíquese esta resolución. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado). Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Vinresa 89, Sociedad Limitada”, “Yesos Provencio, Sociedad Limitada”, y “Zacori Técnicos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 25 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/42.615/09) |

