Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
31-12-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091231-0187

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 35 DE MADRID

EDICTO

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretaria sustituta de lo social número 35 de los de Madrid y su provincia.

Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado a instancias de doña Marjorie Araceli Santos González y doña Lorena Elizabeth Santos González contra “Mac Phone Comunicaciones, Sociedad Limitada” y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por despido, registrado con el número 920 de 2009 y acumulado 980 de 2009 se ha dictado sentencia del tenor literal siguiente:

Sentencia número 550 de 2009

En Madrid, a 24 de noviembre de 2009.—Vistos por el ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social número 35, don José Antonio Capilla Bolaños, los presentes autos número D-920 de 2009 y acumulado 980 de 2009, seguidos a instancias de doña Marjorie Araceli Santos González y doña Lorena Elizabeth Santos González, que comparecen asistidas del letrado don Roberto Martínez García-Galán, y de la otra, como denunciados, “Mac Phone Comunicaciones, Sociedad Limitada” y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecieron al acto de juicio, en reclamación sobre despido, en nombre de Su Majestad el Rey, ha pronunciado la siguiente sentencia.

Fallo

Que estimando como estimo la demanda de despido objetivo formulada por doña Marjorie Araceli Santos González y doña Lorena Elizabeth Santos González contra “Mac Phone Comunicaciones, Sociedad Limitada” y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro el mismo nulo por defecto formal; al ser inviable la readmisión de las actoras procede declarar extinguida la relación laboral a fecha de la presente resolución con condena a la empresa demandada al pago de las siguientes indemnizaciones:

A doña Marjorie Araceli Santos González, 2.703,75 euros (setenta y cinco días).

A doña Lorena Elizabeth Santos González, 2544 euros (setenta y cinco días).

Asimismo, a los salarios de tramitación devengados desde el despido (30 de mayo de 2009) a la fecha de la presente resolución, a razón de un salario día de 36,05 euros y 33,92 euros respectivamente.

Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de sus responsabilidades legales.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta 2808/0000/00/0920/09 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación a “Mac Phone Comunicaciones, Sociedad Limitada” en ignorado paradero, se expide el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente.

En Madrid, a 3 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/42.540/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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