Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091231-0018
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS ARANJUEZ RÉGIMEN ECONÓMICO El Pleno de la Corporación Municipal celebrado el día 17 de noviembre de 2009 aprobó inicialmente el expediente de modificación de ordenanzas fiscales para el ejercicio 2010. Publicados los correspondientes anuncios y transcurrido el período de alegaciones, el Pleno de la Corporación celebrado el día 30 de diciembre de 2009 he resuelto todas las alegaciones presentadas y ha aprobado de forma definitiva el expediente de modificación de ordenanzas fiscales para el ejercicio de 2010. Las modificaciones introducidas en los preceptos de las ordenanzas ya existentes y la ordenanza íntegra reguladora de la tasa de nueva implantación, entrarán en vigor el 1 de enero de 2010 y permanecerán vigentes hasta su modificación o derogación expresa. Contra las ordenanzas definitivamente aprobadas solo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos previstos en la normativa reguladora de dicha jurisdicción (artículo 19.1 del texto refundido 2/2004). Los artículos modificados en las ordenanzas ya existentes y el texto íntegro de las ordenanzas reguladoras de las tasas de nueva implantación han quedado en los siguientes términos: Aranjuez, a 30 de diciembre de 2009.—El concejal-delegado de Hacienda, Eduardo Benedicto Pérez López. (03/43.245/09) |

