Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
31-12-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091231-0118

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 28 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 181 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Llaneza Pérez, contra don Alberto González Rico, “Hábitat Gestión Inmuebles, Sociedad Limitada”, y “Capital Servicios Intermediación, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado en el día de hoy auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se declarar extinguida la relación laboral que unía a don Francisco Llaneza Pérez con las “Capital Servicios Intermediación, Sociedad Limitada”, “Hábitat Gestión Inmuebles, Sociedad Limitada”, y don Alberto González Rico, condenándoles a que abonen al trabajador una indemnización de 4.401,12 euros y los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la del presente auto cifrados en 15.234,72 euros, correspondientes a doscientos setenta y dos días.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial será necesario para la interposición del recurso de reposición acreditar la consignación de un depósito de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” del Juzgado, abierta en “Banesto” con el número 2526/0000/00/número de expediente (cuatro dígitos)/año del expediente (dos dígitos); total 16 dígitos. Dicho depósito será exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social. También están exentos el ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Begoña García Álvarez.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Alberto González Rico, “Hábitat Gestión Inmuebles, Sociedad Limitada”, y “Capital Servicios Intermediación, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 26 de noviembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/42.855/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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