Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100108-0145
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS LEGANÉS URBANISMO La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 3 de noviembre de 2009, acordó, entre otros, el siguiente acuerdo: Primero.—Aprobar definitivamente la modificación de los Estatutos de la Entidad Urbanística de Conservación del PP-6 “Parque Industrial la Laguna”, con el objeto de corregir el coeficiente de ponderación de la parcela IA2.3 establecido por error material y, como consecuencia, de modificación de todas las cuotas de participación, así como reelección de parte de los miembros del Consejo Rector de acuerdo con los certificados de aprobación de la Asamblea General. Segundo.—Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y proceder a la notificación individualizada del presente acuerdo a todos los interesados en el presente expediente. Tercero.—Remisión del expediente al Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio. Lo que se publica para general conocimiento, significándose que esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, en relación con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Leganés, a 25 de noviembre de 2009.—El concejal-delegado de Urbanismo e Industrias, Raúl Calle Gallardo. (02/14.286/09) |

