Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
09-01-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100109-0143

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 85
DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de divorcio contencioso número 956 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

En Madrid, a 9 de diciembre de 2009.—La señora doña María Serantes Gómez, magistrada-juez de primera instancia del número 85 de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de divorcio contencioso número 956 de 2008, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, doña Nuria Olivares Pascual, con procurador don José Periáñez González y letrada doña Gema Belinchón Martínez, y de otra, como demandado, don Antonio Domínguez Rosel; y…

Fallo

Que estimando la demanda presentada por el procurador don José Periáñez González, en nombre y representación de doña Nuria Olivares Pascual, frente a don Antonio Domínguez Rosel, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio formado por los cónyuges don Antonio Domínguez Rosel y doña Nuria Olivares Pascual, celebrado el día 17 de julio de 1993 en Madrid, con los efectos legales inherentes a tal situación.

Firme que sea esta resolución, líbrese oficio exhortatorio el encargado del Registro Civil, al que se acompañará testimonio de ella, a fin de que proceda a anotar su parte dispositiva en la correspondiente inscripción del matrimonio; y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, incluyáse la presente en el libro de sentencias.

A la vista de la rebeldía del demandado notifíquesele la sentencia en la forma prevista en el artículo 500 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial, que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, lo pronuncio, mando y firmo.

Notifíquese la presente, haciendo saber a las partes que, si presentaran escrito anunciando su intención de interponer recurso de apelación, deberán acreditar, al tiempo de su anuncio, haber depositado el importe de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en “Banesto”, al número de cuenta 3459, como requisito de procedibilidad.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Antonio Domínguez Rosel, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 9 de diciembre de 2009.—El secretario (firmado).

(03/43.090/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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