Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-01-2010

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100112-0181

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Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

Resolución de 30 de noviembre de 2009, de la Dirección General del Medio Ambiente, por la que se requiere al/a la propietario/a del/de los animal/es para la recogida de los mismos.

Habiéndose recibido en esta Dirección General del Medio Ambiente denuncias interpuestas por supuesto abandono de animales, en las que no habiendo sido posible la notificación del requerimiento a los propietarios de los animales para la recogida de los mismos, he resuelto ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según se especifica en el Anexo Único. Indicándose que en el caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, los animales se considerarán abandonados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto 44/1991, de 30 de mayo, de Protección de Animales y Plantas (Reglamento de la Ley 1/1990, de Protección de Animales Domésticos), y se procederá a la tramitación del correspondiente expediente sancionador, estando considerado el abandono de animales como una infracción muy grave.

Madrid, a 30 de noviembre de 2009.—El Director General del Medio Ambiente, PDF (Resolución de 14 de mayo de 2009), el Subdirector General de Recursos Agrarios, Jesús Carpintero Hervás.

ANEXO ÚNICO

Imputado. — Último domicilio conocido. — Municipio. — Número de expediente. — Identificación del animal y dirección del Centro de Acogida donde se encuentra el animal. — Presunta infracción. — Órgano competente para imponer la sanción y norma que le atri-
 buye tal competencia

Luis Luna Castro. — Calle Princesa, número 80, séptimo, Madrid. — 10/PA-0529/09. — Depositado un animal de la especie canina, identificado con el código 724098101081386, de su propiedad, en el Centro Integral de Animales Abandonados de la Comunidad de Madrid (CIAAM), ubicado en la carretera de Colmenar Viejo a Guadalix de la Sierra, kilómetro 1,800, Colmenar Viejo (Madrid). — En caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días se considerará abandono y se tramitará expediente sancionador, siendo considerada una infracción muy grave. — Consejo de Gobierno, artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos.

Bartolomiej Maciej Jarnecki. — Calle Antonio Bienvenida, número 3, Colmenarejo (Madrid). — 10/PA-0527/09. — Depositado un animal de la especie canina, identificado con el código 9772000053996231, de su propiedad, en el Centro Integral de Animales Abandonados de la Comunidad de Madrid (CIAAM), ubicado en la carretera de Colmenar Viejo a Guadalix de la Sierra, kilómetro 1,800, Colmenar Viejo (Madrid). — En caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días se considerará abandono y se tramitará expediente sancionador, siendo considerada una infracción muy grave. — Consejo de Gobierno, artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos.

Antonio Eugenio Morales. — Calle Urano, número 1, quinto A, Alcorcón (Madrid). — 10/PA-0591/09. — Depositado un animal de la especie canina, identificado con el código 724098100383533, de su propiedad, en el Centro Integral de Animales Abandonados de la Comunidad de Madrid (CIAAM), ubicado en la carretera de Colmenar Viejo a Guadalix de la Sierra, kilómetro 1,800, Colmenar Viejo (Madrid). — En caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días se considerará abandono y se tramitará expediente sancionador, siendo considerada una infracción muy grave. — Consejo de Gobierno, artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos.

Sebastián Rivas Gómez. — Calle Moscú, número 83, Mejorada del Campo (Madrid). — 10/PA-0638/09. — Depositado dos animales de la especie canina, identificados con los códigos 985120023996522 y 985120023477078, de su propiedad, en la Mancomunidad de Henares-Jarama, ubicado en la plaza del Progreso, número 1, de Mejorada del Campo (Madrid). — En caso de no recuperar los animales en un plazo de diecinueve días se considerará abandono y se tramitará expediente sancionador, siendo considerada una infracción muy grave. — Consejo de Gobierno, artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos.

Juan Antonio Borja Vargas. — Calle Prado Longo, número 3, octavo D, Madrid. — 10/PA-0671/09. — Depositado un animal de la especie canina, identificado con el código 977200007244775, de su propiedad, en el Centro de Acogida de Animales de Leganés, ubicado en la avenida de Gibraltar, número 2, de Leganés (Madrid). — En caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días se considerará abandono y se tramitará expediente sancionador, siendo considerada una infracción muy grave. — Consejo de Gobierno, artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos.

Nahomi Camporro Zubizarreta. — Calle Ángel Múgica, número 1, segundo, D, Madrid. — 10/PA-0573/09. — Depositado un animal de la especie canina, identificado con el código 977200004541498, de su propiedad, en el Centro ubicado en la carretera de Boadilla a Brunete, kilómetro 14,900, Brunete (Madrid). — En caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días se considerará abandono y se tramitará expediente sancionador, siendo considerada una infracción muy grave. — Consejo de Gobierno, artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos.

(03/47/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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