Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100112-0133
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS CIEMPOZUELOS CONTRATACIÓN Por resolución de Alcaldía de 11 de agosto de 2009, se adjudicó definitivamente el contrato de prestación del servicio de colaboración en la gestión tributaria y recaudatoria de los recursos económicos del Ayuntamiento de Ciempozuelos, lo que se publica a los efectos del artículo 138 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de Cimpozuelos. b) Número de expediente: 0007C/2009. c) Perfil del contratante: www.ayto.ciempozuelos.org/procedimientos.aspx 2. Objeto del contrato: a) Tipo de contrato: servicios. b) Descripción: contrato de prestación del servicio de colaboración en la gestión tributaria de los recursos económicos del Ayuntamiento de Ciempozuelos. c) CPV: 79940000-5 y 75130000-6. d) Fecha de publicación del anuncio de licitación: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 64, de 13 de julio de 2009. 3. Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: urgente. b) Procedimiento: abierto, con pluralidad criterios. 4. Presupuesto base de licitación: importe neto, 172.414 euros anuales, impuesto sobre el valor añadido no incluido. 5. Adjudicación: a) Fecha: 11 de agosto de 2009. b) Contratista: “Infaplic, Sociedad Anónima”, con cédula de identificación fiscal número A-80683071. c) Importe: 1. Recaudación en período voluntario: sobre las cantidades recaudadas e ingresadas en las arcas municipales, el 3 por 100. 2. Recaudación ejecutiva: sobre las cantidades recaudadas e ingresadas en las arcas municipales por recargo ejecutivo, recargo de apremio reducido y ordinario, e intereses de demora, el 75 por 100. 3. Actualización y mantenimiento del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, por alteraciones físicas o incorporación de fincas (901 N, 902 N, 903 N y 904 N): por cada expediente de revisión en campo entregado a los Servicios Municipales. Por cada finca, 60 euros; por cada unidad urbana a partir de la segunda, 7 euros. 4. Colaboración en la revisión del impuesto de actividades económicas en la gestión de regularización de las actividades encuadradas en los epígrafes 1-833,1 y 1-833.2 relativas a la promoción inmobiliaria de terrenos y edificaciones: sobre el importe de las liquidaciones generadas tras los trabajos de revisión que sean recaudadas e ingresadas en las arcas municipales, el 25 por 100. 5. Bolsas de tributación ocultas: sobre el importe de las liquidaciones resultantes generadas tras los trabajos de revisión que sean encomendados por el Ayuntamiento de Ciempozuelos, que sean ingresadas en la caja de la Corporación o el incremento de los padrones en los trabajos de detección no previstos que sean expresamente encomendados por el Ayuntamiento, el 10 por 100. En Ciempozuelos, a 8 de septiembre de 2009.—La alcaldesa-presidenta, María Ángeles Herrera García. (02/10.555/09) |

