Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
13-01-2010

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100113-0110

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 5
DE COSLADA

EDICTO

En el juicio de divorcio contencioso número 584 de 2007, sobre otras materias, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

Sentencia número 240 de 2009

En Coslada, a 22 de julio de 2009.—Vistos por mí, don Luis Miguel Arroyo Rodríguez, magistrado-juez de primera instancia de esta capital, los presentes autos de divorcio contencioso seguidos ante este Juzgado con el número 584 de 2007, a instancias de doña Matilde Ramírez Aranda, representada por la procuradora de los tribunales doña Sara López López y bajo la dirección letrada de don Carlos Fuentes Varea, contra don Juan José Jiménez Ruiz, en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Matilde Ramírez Aranda, representada por la procuradora de los tribunales doña Sara López López, contra don Juan José Jiménez Ruiz, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio formado por ambos litigantes, con los efectos legales inherentes a dicha declaración, además de los siguientes:

El uso y disfrute del domicilio conyugal se atribuye a la demandante.

Las costas de esta primera instancia se imponen al demandado.

Firme esta resolución, comuníquese al encargado de Registro Civil en el que consta la inscripción de matrimonio de los litigantes.

Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, con inclusión del original en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrada-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, de lo que doy fe.

Diligencia de constancia.—En virtud de lo acordado en los autos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia dictada a don Juan José Jiménez Ruiz.

En Coslada, a 22 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(02/14.511/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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