Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100113-0034
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE SALAMANCA EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don Florencio E. Sánchez García, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Salamanca. Hago saber: Que en el procedimiento de este Juzgado de lo social, ejecución número 144 de 2009 y acumulados, seguidos a instancias de doña Rosa Narcisa Carvajal Macías, don Felicísimo Criado Velasco, don Alberto Hernández Ferré y doña Rosa María Martín Mateos, contra Fondo de Garantía Salarial, “Esesex 2001, Sociedad Limitada”, Fundación María Luz Fernández Alameda, “Viking Aquaculture Development, Sociedad Limitada”, y “Viking Fish Farm, So- ciedad Limitada”, sobre incidente, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva dice: Acumular a la presente ejecución, al ser la primera de las incoadas, las que siguen en los autos números 161 de 2009, 162 de 2009, 165 de 2009, 181 de 2009, 182 de 2009, 183 de 2009 y 184 de 2009, de este Juzgado, frente a la común deudora “Esesex 2001, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial y resto de los codemandados: Fundación María Luz Fernández Alameda, “Viking Aquaculture Development, Sociedad Limitada”, y “Viking Fish Farm, Sociedad Limitada”. Habiéndose alegado por don Alberto Hernández Ferré preferencia en el reparto de las cantidades embargadas insuficientes para satisfacer los créditos acumulados, póngase en conocimiento de los demás ejecutantes mediante entrega de copia de su escrito de fecha 3 de febrero de 2009, convocando a todos ellos de comparecencia que tendrá lugar el día 20 de enero de 2010, a las once y diez horas, para que manifiesten lo que a su derecho convenga con la finalidad de intentar acuerdo para la distribución de las cantidades embargadas entre los comparecientes, pudiendo, en su caso, vincular a los que no comparezcan injustificadamente, y en el supuesto de no obtenerse acuerdo, efectúen las alegaciones y propongan pruebas relativas a la preferencia que invoquen para su distribución. Notifíquese este resolución a todas las partes de dichos autos. Modo de impugnarla: contra la presente resolución cabe recurso de reposición, que deberá de ser interpuesto en el plazo de cinco días ante este Juzgado. Se advierte que si el recurrente no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, Estado, Comunidad Autónoma, entidad local o ente autónomo dependiente de alguno de ellos, ni tuviera reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita, deberá acreditar en el momento de la interposición haber ingresado en la cuenta corriente de este Juzgado en “Banesto”, cuenta número 3703-0000-64-0144-09, la cantidad de 25 euros. Al hacer el ingreso deberá especificar en el campo concepto del documento resguardo de ingreso que se trata de un “Recurso”, seguido del código (30) y tipo concreto de recurso del que se trate. Si el ingreso se efectúa mediante transferencia bancaria, el código y tipo concreto de recurso debe indicarse justamente después de especificar los 16 dígitos de la cuenta expediente, separado por un espacio. Se advierte que de no cumplirse las anteriores prevenciones, no se admitirá a trámite el recurso. Así por este auto, lo mandó y firmó su señoría, conmigo, el secretario, que doy fe.—El secretario judicial.—El magistrado-juez de lo social. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Esesex 2001, Sociedad Limitada”, Fundación María Luz Fernández Alameda, “Viking Aquaculture Development, Sociedad Limitada”, y “Viking Fish Farm, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Salamanca, a 10 de diciembre de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/131/10) |

