Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100115-0146
Páginas: 0
|
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS MADRID URBANISMO Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación Subdirección General de Edificación Departamento de Ordenación ANUNCIO El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 26 de noviembre de 2009, adoptó el siguiente acuerdo: “Primero.—Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública con desestimación de las alegaciones presentadas según lo indicado en el informe de 27 de octubre de 2009 del Departamento de Ordenación de la Subdirección General de la Edificación, el Plan Especial en el edificio, sito en la calle Huertas, número 13, con vuelta a la calle Príncipe, en el Distrito Centro, promovido por la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma Ley. Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal. Tercero.—Dar traslado a los interesados del presente acuerdo, advirtiéndoles de los recursos que procedan en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.” Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de que se ha procedido al depósito del presente Plan de Ordenación Urbanística en la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid. Significando que esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que se estime pertinente. Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 39/1994, de 30 de diciembre, a continuación se publica el texto de las Ordenanzas del Plan Especial de referencia: NORMAS DE PROTECCIÓN El edificio está incluido en el ámbito del Área de Planeamiento Específico APE 00.01, del Centro Histórico, y está regulado por la Norma Zonal 1, grado 5.o, nivel A. Tiene el edificio la Catalogación Singular. Su régimen urbanístico queda recogido en el título 4, más lo establecido por las Normas de Protección de este Plan Especial que se referirá en su régimen de obras. 1. Régimen de las obras Además de las obras permitidas por el PGOUM conforme al nivel 1, grado de protección singular, este Plan Especial permite: — Obras de cubrición del patio. — Obras de acondicionamiento o reestructuración que superan el 25 por 100 [artículo 1.4.8.d) de las Normas Urbanísticas del PGOUM] en las que se incluye: l Modificación de parte del faldón de cubierta interior que conforma las dos medianeras por una cubierta plana para albergar instalaciones. l Incorporación de la escalera 2. l Apertura de patinillos para el paso de instalaciones. l En la escalera del patio, colocación de plataforma elevadora. l Ampliación de dos paradas en los ascensores de la escalera 1. l Modificación del trazado de las escaleras de acceso al antiguo aljibe. 2. Régimen de usos Uso existente: Dotacional de Servicios de Administración Pública. El régimen de usos compatibles y autorizables serán los especificados en los artículos 8.1.30 y 8.1.31 y los recogidos en el capítulo 7.12 de las Normas Urbanísticas del PGOUM. Madrid, a 17 de diciembre de 2009.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco. (02/14.331/09) |

