Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-01-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100116-0064

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 19 DE MADRID

EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 417 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Nicolae Capdefier, contra la empresa “Recubrimientos PL, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de aclaración de la sentencia número 294 de 2009, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente:

Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que a continuación se dice:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Nicolae Capdefier, contra “Recubrimientos PL, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar a la empresa demandada a que a su opción, en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente resolución, opte entre la readmisión del actor o el abono de la indemnización de 2.657,63 euros, con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente resolución, a razón de 37,30 euros diarios, debiendo el Fondo de Garantía Salarial estar y pasar por la presente declaración.

Quedando íntegramente igual el resto de la resolución.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Recubrimientos PL, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de diciembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/43.678/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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