Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100118-0158
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 36 DE MADRID EDICTO En el procedimiento ordinario número 712 de 2006, seguido en este Juzgado de primera instancia número 36 de los de Madrid, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente: Sentencia En Madrid, a 27 de abril de 2009.—Doña María de los Ángeles Martín Vallejo, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 36 de los de Madrid, habiendo visto los autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado con el número 712 de 2006, a instancias de doña Ángela Martínez Álvarez, representada por la procuradora doña María Ángeles Oliva Yanes y asistida por la letrada doña Nadia Mesa del Castillo, contra doña Natalia de Diego Romero y doña María Isabel de Diego Romero, representadas por la procuradora doña Macarena Rodríguez Ruiz, e ignorados herederos de doña Josefa y don Pascual Romero Rivera, con domicilio desconocido, declarados en rebeldía, sobre acción declarativa de dominio. Fallo Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora señora Mesa del Castillo en nombre y representación de doña Ángela Martínez Álvarez, contra doña Natalia de Diego Romero y doña María Isabel de Diego Romero, representados por la procuradora señora Rodríguez Ruiz, y contra los ignorados herederos de doña Josefa y don Pascual Romero Rivera, debo declarar y declaro que la parte demandante ha adquirido por prescripción adquisitiva y es titular en pleno dominio de la vivienda situada en el piso segundo derecha del número 16 de la calle Andrés Borrego del término municipal de Madrid, inscrita en el Registro de la Propiedad número 27, finca número 27.542, Sección Primera de 130,56 metros cuadrados. Procédase a la inmatriculación de la finca descrita a favor de la demandante, condenando a los demandados a estar y pasar por dicha declaración y a efectuar todos los actos necesarios para la inmatriculación de dicha finca y su inscripción a favor de la demandante, con condena en costas a los ignorados herederos de doña Josefa y don Pascual Romero Rivera y sin declaración de costas respecto al resto de los codemandados. Contra la presente resolución podrán las partes interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a partir de su notificación. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y como consecuencia del ignorado paradero de ignorados herederos, se extiende el presente para que sirva de notificación en forma y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 14 de diciembre de 2009.—El secretario (firmado). (02/14.510/09) |

