Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100118-0200
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE VIGO EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Marta Lamas Alonso, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Vigo. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 256 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Inés López Raposo, contra la empresa “Kivemu, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución en el día de la fecha, en cuya parte dispositiva se acuerda: Su señoría doña Montserrat Delgado Pérez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de esta ciudad, ante mí, la secretaria, dijo: Que procedía ejecutar el título ejecutivo indicado en los hechos, contra “Kivemu, Sociedad Limitada”, por un principal de 26.665,05 euros, más 3.056,68 euros provisionales para intereses y gastos, trabándose embargo en bienes de la demandada en cantidad suficiente para cubrir lo reclamado, y a tal fin, practíquense diligencias de averiguación de bienes. De acuerdo con el artículo 247 de la Ley de Procedimiento Laboral, se requiere a la ejecutada para que en el plazo de cinco días haga manifestación sobre sus bienes o derechos con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades. Las cantidades que se obtengan se ingresarán en la cuenta que este Juzgado mantiene abierta en “Banesto”, número de cuenta 0030/1846/42/0005001274, poniendo en “Concepto”: “Para el expediente número 3628/0000/64/0256/09”. Asimismo, mediante la presente resolución se autoriza para que a través de los medios informáticos de este Juzgado se acceda a la información sobre la solvencia de la parte ejecutada. Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma podrán formular oposición conforme a lo establecido en los artículos 556 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin perjuicio de su ejecutividad. Así lo acuerda, manda y firma su señoría de lo que yo, la secretaria, doy fe. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Kivemu, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Vigo, a 14 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/392/10) |

