Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100119-0172
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE MÓSTOLES EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 389 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Lisandro Luis Pujols Jiménez, contra las empresas “Excavaciones y Transportes Esosca, Sociedad Limitada”, y “Osmaca Grupo Esosca, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución: Visto el estado de las actuaciones y resultando que la parte demandada se encuentra en ignorado paradero, cítese a la misma, por medio de edictos, que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado. Adviértase que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán en estrados (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral). Se acuerda, asimismo, emplazar al Fondo de Garantía Salarial, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.2 de la Ley de Procedimiento Laboral, a fin de que comparezca ante este Juzgado para el acto de conciliación y en su caso juicio, señalados para el próximo día 15 de marzo de 2010, a las diez y cincuenta horas de su mañana. Líbrense exhortos al Juzgado de Navalcarnero interesando la notificación citación, de forma personal, de las empresas demandadas o se extienda diligencia negativas. Se requiere a la demandante par que en el plazo de cuatro días designe otros domicilios, si conoce, de las empresas demandadas, y en caso contrario no es necesario manifestación alguna. Asimismo, el anterior escrito presentado por la parte actora, únase y se tiene por evacuado el requerimiento efectuado en cuanto a la aportación del Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación. Adviértase que contra la presente resolución podrá interponerse recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, disposición adicional decimoquinta, es necesario la constitución de depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, abierta en la entidad “Banesto”, número 2850, que es exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso quedando firme la resolución impugnada. Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Excavaciones y Transportes Esosca, Sociedad Limitada”, y “Osmaca Grupo Esosca, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Móstoles, a 10 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/461/10) |

