Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100119-0058
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS ALCOBENDAS URBANISMO La Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el 9 de diciembre de 2009, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: Los Servicios Técnicos Municipales han revisado el Proyecto de Urbanización Modificado del Sector “Valdelacasa”, presentado el 1 de diciembre de 2009 por “Sociedad de Estudios e Ingeniería” (SETI), y cuya redacción forma parte de las obligaciones asumidas por la citada mercantil en el contrato de dirección facultativa de las obras suscrito con el Consorcio Urbanístico Valdelacasa. Dicho proyecto tiene por objeto incorporar las modificaciones puntuales en los proyectos específicos que se enumeran en el expediente, debidas a las solicitudes efectuadas desde distintas Administraciones, empresas suministradoras y la empresa constructora y que se han estimado como una mejora respecto a lo inicialmente proyectado. Las modificaciones llevadas a cabo en el proyecto afectan a los siguientes proyectos específicos: PE 1: Movimiento de Tierras; PE 2: Firmes y Pavimentos; PE 3: Red de Saneamiento; PE 4: Red de Agua Potable e Hidrantes; PE 5: Red de Riego; PE 6: Red de Energía Eléctrica; PE 7: Red de Alumbrado Público; PE 8: Red de Gas; PE 9: Red de Telefonía y Comunicaciones; PE 10: Parques, Jardines y Mobiliario Urbano; PE 11: Estructuras; PE 12: Seguridad y Salud, y PE 13: Conexiones Exteriores. Por lo anterior, y visto igualmente el informe emitido por los Servicios Jurídicos del Área de Urbanismo, es por lo que en el marco de lo dispuesto en los artículos 60 y 80 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y en ejercicio de la competencia prevista en el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, este órgano colegiado acuerda: Primero.—Aprobar inicialmente el Proyecto de Urbanización Modificado del Sector “Valdelacasa”, en ejecución de lo previsto en el Plan Parcial de dicho sector del suelo urbanizable de Alcobendas, y cuyo objeto se refiere en la motivación de esta resolución. Segundo.—Someter el expediente a información pública por plazo de veinte días, mediante anuncios a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de los de mayor circulación de la provincia; plazo durante el cual el expediente podrá ser consultado y formuladas cuantas alegaciones se consideren oportunas. Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en las mañanas de los días hábiles durante el plazo de veinte días desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Departamento de Urbanismo (segunda planta), como asimismo formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de la Corporación, cuantas alegaciones estimen pertinentes a sus derechos. Alcobendas, a 16 de diciembre de 2009.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui. (02/18/10) |

