Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-01-2010

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100119-0009

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

NAVARREDONDA Y SAN MAMÉS

RÉGIMEN ECONÓMICO

De conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; 127 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y 169.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, habida cuenta de que la Corporación, en Pleno celebrado el día 21 de noviembre de 2009, adoptó acuerdo de aprobación inicial del Presupuesto General de esta Entidad para 2010, que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, se hace constar lo siguiente:

I)  Resumen del referenciado Presupuesto para 2010

II)  Plantilla y relación de puestos de trabajo de esta Entidad, aprobadas junto con el Presupuesto General
para el ejercicio 2010

a) Plazas de funcionarios:

1. Habilitación nacional:

— Secretario-Interventor (grupo A-2): 1 plaza.

b) Personal laboral:

— Auxiliar administrativo: 2 plazas.

— Agente empleo y desarrollo local: 1 plaza.

Según lo dispuesto en el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, se podrá interponer directamente contra el referenciado Presupuesto recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Navarredonda, a 29 de diciembre de 2009.—El alcalde, José María Fernández Martín.

(03/267/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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