Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100119-0215
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 1 DE FUENLABRADA EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN En el procedimiento verbal de desahucio por falta de pago número 884 de 2009-M, se ha dictado la resolución, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente: Sentencia En Fuenlabrada, a 8 de septiembre de 2009.—Vistos por la juez sustituta del Juzgado de primera instancia número 1 de Fuenlabrada, la ilustrísima señora doña María Rosa Rodríguez Jackson, los presentes autos de juicio verbal de desahucio, registrados con el número 884 de 2009, y en los que han sido parte el procurador señor Fente Delgado, en nombre y representación de doña Julia Amaro Millán, asistida por la letrada señora Cebrián Plaza como demandante, y don José María Fernández Álvarez, como demandado, en rebeldía, sobre desahucio por falta de pago de rentas y reclamación de cantidad. Fallo Que estimando la acción de resolución de contrato y desahucio por falta de pago de renta y reclamación de cantidad ejercitada por el procurador señor Fente Delgado, en nombre y representación de doña Julia Amaro Millán contra don José María Fernández Álvarez, en rebeldía: 1. Declaro resuelto el contrato de arrendamiento de la vivienda sita en Fuenlabrada, en la calle Rosa de Luxemburgo, número 4, planta primera A, suscrito con el demandado don José María Fernández Álvarez el 1 de febrero de 2008, condenando a este a que la desaloje y la deje libre y a disposición del actor bajo apercibimiento de que de no efectuarse se procederá a su lanzamiento el 25 de enero de 2010, a las nueve y treinta horas. 2. Debo condenar y condeno a don José María Fernández Álvarez a abonar a doña Julia Amaro Millán la cantidad de 6.123,04 euros, adeudados por rentas y cantidades hasta la fecha de la presente resolución. 3. Se imponen las costas al demandando. Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, que será conocido por la Audiencia Provincial de Madrid, y que deberá prepararse mediante escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a la notificación de la presente resolución, advirtiéndole, expresamente al demandado, de que para recurrir deberá tener satisfechas las rentas vencidas y las que deba pagar por adelantado conforme al artículo 449.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Publicación Dada, leída y publicada fue la anterior resolución por la magistrada-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública. Doy fe en Fuenlabrada el mismo día indicado como fecha de la sentencia. Y como consecuencia del ignorado paradero del demandado don José María Fernández Álvarez se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación. Fuenlabrada, a 16 de diciembre de 2009.—La secretaria (firmado). (02/420/10) |

