Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100122-0022
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C) Otras Disposiciones Consejería de Familia y Asuntos Sociales
La Consejería de Familia y Asuntos Sociales, a través de la Dirección General de Servicios Sociales, viene celebrando convocatorias de subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro titulares de centros y servicios de atención social a personas sin hogar, ex reclusos y minorías étnicas. Entre los datos que se recogen para la tramitación de las mismas figuran datos identificativos de los representantes legales y componentes de las Juntas Directivas de las entidades solicitantes, datos identificativos y laborales (categoría profesional, vinculación laboral y retribuciones) de los trabajadores de los centros, servicios y programas objeto de subvención, así como datos identificativos de las personas vinculadas a las citadas entidades bajo la modalidad de voluntariado. Con el fin de garantizar la protección de los datos de carácter personal que se recogen en los modelos normalizados para la solicitud de subvención, se hace necesaria la creación de un fichero mixto con nivel de seguridad medio/bajo, que tiene como fin lograr la gestión eficaz de estas líneas de subvención que se tramitan en la Dirección General de Servicios Sociales para el mantenimiento e inversiones en los centros y servicios de atención social a los colectivos de personas sin hogar, ex reclusos y minorías étnicas de titularidad de las entidades solicitantes. Los datos personales recogidos con este fin serán tratados conforme a lo dispuesto en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.5 de la precitada Ley 8/2001, de 13 de julio, y en aplicación de lo establecido en el artículo 9 del Decreto 99/2002, de 13 de junio, por el que se regula el procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, se abre una fase de alegaciones para que cuantas entidades, asociaciones y personas relacionadas con la actividad que es objeto de regulación y estén interesadas puedan formular alegaciones relativas a la adecuación, pertinencia o proporcionalidad de los datos de carácter personal que se pretende tratar, en relación con la finalidad del fichero mencionado. En cumplimiento del referido precepto y en uso de las competencias atribuidas por el artículo 46 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 4 del Decreto 126/2004, de 29 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, RESUELVO Publicar para general conocimiento el inicio de la fase de alegaciones relativa al expediente de elaboración de la disposición de carácter general, por la que se crea un fichero de datos de carácter personal denominado “Subvenciones a entidades de atención social a personas en exclusión” (SEASPES), dependiente de la Dirección General de Servicios Sociales. Dicho expediente podrá ser examinado en la sede del Servicio de Prevención de la Exclusión y Rentas Mínimas, dependiente de la Dirección General de Servicios Sociales, sito en la calle Alcalá, número 63, cuarta planta, en horario de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, durante quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Durante el mismo plazo, de conformidad con la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, se podrán presentar alegaciones referidas a la adecuación, la pertinencia o la proporcionalidad de los datos de carácter personal que pretendan solicitarse en relación con la finalidad del fichero. La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 22 de diciembre de 2009.—El Secretario General Técnico, Antonio Luis Carrasco Reija. (03/1.801/10) |

