Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100126-0148
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN JUZGADO NÚMERO 42 DE MADRID EDICTO Doña Ana Rosa Martínez Sudón, secretaria del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 220 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: Don Agustín Morales Pérez-Roldán, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid, ha visto el juicio de faltas seguido en este Juzgado bajo el número 220 de 2009, sobre lesiones dolosas, en virtud de denuncia, habiendo sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; como denunciante, don Alfredo Sidera Linares, y como denunciado, don José Ángel Millán Gomariz. Que debo condenar y condeno a don José Ángel Millán Gomariz, como autor responsable de una falta de lesiones dolosas prevista en el artículo 617.1 del Código Penal, a la pena de multa de un mes, a razón de 6 euros diarios, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y a que indemnice a don Alfredo Sidera Linares en la cantidad de 440 euros, así como imponerle las costas procesales causadas si procediere su devengo. Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación mediante escrito dirigido a este Juzgado, permaneciendo durante dicho plazo las actuaciones a disposición de las partes en la Secretaría del mismo. A dicho recurso se le dará el trámite previsto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.—Rubricado ilegible. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don José Ángel Millán Gomariz, expido la presente en Madrid, a 23 de diciembre de 2009.—La secretaria (firmado). (03/1.513/10) |

