Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100203-0083
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 7 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María José Farelo Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 149 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Cristina Marino Pérez, doña Concepción Zurita del Cerro, doña Silvia Fernández Sánchez, doña Nuria Jiménez Gálvez, doña Antonia Montalbán González, doña Ángela Arribas Gallardo, doña María Corbacho López, doña Adela Otero Casas, doña Milagros Cuevas Domingo, doña María Cruz Lobo Calvillo, doña María Gregoria Cuesta González, doña Purificación Aceituno Dávila, doña Esperanza Salvador Arribas, doña Hayde Bárcena Lucana, doña Carmen Muñoz Castro, doña María Guardia Sanz, doña Roxana Victoria Aguilar Padilla, doña Victoria Lázaro Correlo y doña Aránzazu Sombría Lobo, contra la empresa “Aser Alcobendas”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto: Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: La terminación por pago de la presente ejecución y, en su consecuencia, alzar los embargos trabados. Líbrese oficio a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria para que se proceda a la cancelación de los embargos solicitados por este Juzgado. Líbrese oficio a “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid”, “Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona”, “Caja de Ahorros de La Rioja”, “Banco Espirito Santo, Sociedad Anónima, Sucursal España” y “Caja General de Ahorros de Granada”. Notifíquese esta resolución a las partes. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros y si no lo hace el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse: a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado, número de cuenta corriente 2505, en la entidad bancaria “Banesto”, calle Orense, número 19. b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios: 0030/1143/50/0000000000, indicando 2505, número de procedimiento y persona de empresa que hace el ingreso. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aser Alcobendas”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 13 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/2.274/10) |

