Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100203-0099
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don José Ignacio Atienza López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 277 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Redondo Fernández, contra la empresa “Tayven Car, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Auto En Madrid, a 13 de enero de 2010. Parte dispositiva: a) Despachar la ejecución solicitada por don Luis Redondo Fernández, contra “Tayven Car, Sociedad Anónima”, por un principal de 8.089,03 euros, más 808,90 euros en concepto de intereses y 808,90 euros de costas calculadas provisionalmente. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten. c) Trabar embargo de los bienes de la demandada que a continuación se detallan: Los que se encuentren en el domicilio de la demandada, sito en la ronda Carralero, número 13, de Majadahonda (Madrid). A tal fin, líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid, al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, sí como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende. d) Asimismo, líbrese oficio al Servicio de Índices del Registro de la Propiedad a fin de que remita relación de bienes y derechos susceptibles de embargo de la empresa ejecutada, y con su resultado se acordará. e) Y consultados telemáticamente los bienes y derechos susceptibles de embargo de la parte ejecutada, se declaran embargados a resultas de la presente ejecución y en cuanto sea suficiente para cubrir el importe de las cantidades reclamadas y no satisfechas, los saldos y demás valores de los que resulte titular la empresa ejecutada en la sucursal de la avenida de Real, número 31, de Las Rozas de Madrid (Madrid), de “Caja de Madrid”; en la sucursal de la calle Londres, local 32-A, de las Rozas de Madrid (Madrid), de “Caja Canarias”; en la sucursal de la avenida del Doctor Toledo, numero 8, de las Rozas de Madrid (Madrid), de “Banco Popular Español”; en la sucursal del paseo de La Habana, número 26, de Madrid, de “Banco de Sabadell”; en la sucursal de la calle Real, número 41 de las Rozas de Madrid (Madrid), de “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”; en la sucursal de la calle Real, número 26 de las Rozas de Madrid (Madrid), de “Caja Ahorros de Galicia”, y en la sucursal de la avenida del Doctor Calero, número 30, de Majadahonda (Madrid), de “Caja Burgos”. A tales fines, líbrense los correspondientes oficios por correo certificado con acuse de recibo a dichas entidades al objeto de que retengan e ingresen las referidas cantidades en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, abierta en “Banesto” con el número 2507, sucursal sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, hasta cubrir las sumas reclamadas en el presente procedimiento. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, José María Reyero Sahelices. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tayven Car, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 13 de enero de 2010.—El secretario judicial (firmado). (03/2.170/10) |

