Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
03-02-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100203-0107

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 10 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 91 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio José de Azeredo Ribero, don Antonio Joaquín Bento Baptista, don Petro Melnyk, don Nuno Miguel Magalhaes Pinto, don Joaquín Ferrerira Pinto, don José Ribeiro Azevedo, don Manuel Albano Nogueira, don Marco Arlindo Pereira de Fonseca, don Ihor Konopelskyy, don Francisco Caeiro Margalha, don Sergio Manuel Pereira, don Marcio Ricardo Pinto Moniz da Fonseca, don Manuel Magalhaes Freitas y don Manuel Antonio de Freitas, contra la empresa “Pryconsa Global, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 9 de diciembre de 2009 y providencia de fecha 19 de noviembre de 2009, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Auto

En Madrid, a 9 de diciembre de 2009.

Parte dispositiva:

En atención a lo dispuesto, se acuerda:

a)  Despachar ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución por un principal de 54.982,52 euros, más la cantidad de 3.298,95 euros y 5.498 euros en concepto de intereses y en concepto de costas provisionales.

b)  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María Luisa Segura Rodríguez.

Providencia

Ilustrísima señora magistrada-juez de lo social, doña María Luisa Segura Rodríguez.—En Madrid, a 19 de noviembre de 2009.

Dada cuenta, el anterior escrito presentado y documento que se acompaña, únase a los autos de su razón, y visto su contenido, no ha lugar de momento a lo solicitado al no ser firme el auto de aclaración dictado en las presentes actuaciones, proveyéndose el escrito presentado una vez que el mismo adquiera firmeza.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Y de conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por Ley Orgánica 1/2009 para la interposición del recurso de reposición deberá consignarse la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto” con el número 2508 (código de entidad 0030, código procedimiento 30), exceptuados los trabajadores y beneficiarios de justicia gratuita.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Pryconsa Global, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.199/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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