Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100204-0077
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C) Otras Disposiciones Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
Recibido y examinado el expediente de deslinde del monte demanial denominado “El Terzuelo”, número 145, del Catálogo de Montes de Utilidad Pública (CUP) de la Comunidad de Madrid, propiedad de la Comunidad de Madrid, situado en el término municipal de Puentes Viejas, con todas las actuaciones realizadas, visto que en su tramitación y ejecución se ha cumplido lo establecido en la legislación vigente, visto el informe-propuesta de fecha 18 de febrero de 2009, y a petición del Director General del Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones que me confiere el Decreto 26/2009, de 26 de marzo, DISPONGO Primero Aprobar el deslinde del monte denominado “El Terzuelo”, número 145, del Catálogo de Montes de Utilidad Pública (CUP) de la Comunidad de Madrid, situado en el término municipal de Puentes Viejas (Manjirón), perteneciente a la Comunidad de Madrid, de acuerdo con las actas, registro topográfico y plano que figuran en el expediente de deslinde, quedando el monte con la descripción siguiente: Comunidad Autónoma: Comunidad de Madrid. Número del Catálogo: 145. Nombre: “El Terzuelo”. Término municipal: Puentes Viejas. Pertenencia: Comunidad de Madrid. Límites: — Norte: Limita con las parcelas de don Martín Benito, don Cipriano Benito y don Arsenio Ramírez Hernán. — Sur: Limita con las parcelas pertenecientes a doña Petra Prieto Velasco, don Julio Moreno García y otros, don Justo Julián Martín Pozo y don Miguel Ángel Rodrigo Ramírez. — Este: Limita con las fincas de doña Juana Benito Benito y doña Carmen Benito Benito. — Oeste: Limita con una finca cuyo titular catastral es desconocido, estando dicha parcela en investigación, con las parcelas de doña Carolina Perea Armenteros, don Miguel Ángel Rodrigo Ramírez, doña María Pilar Vicente Velasco y con la carretera M-126 de cuya parcela catastral es titular el Ayuntamiento de Puentes Viejas. Descripción de linderos: El monte está situado al Este del término municipal de Puentes Viejas y se accede al mismo por la carretera M-126. Se lleva a cabo la definición del perímetro exterior mediante la colocación de un total de 14 piquetes. Estos piquetes se han colocado en los puntos de cambio de colindancia catastrales. El monte “El Terzuelo” se encuentra cerrado en todo su perímetro por un muro de piedra. Por ello, la trayectoria que hay entre piquetes sigue el recorrido del perímetro del cerramiento. El lindero Norte comienza en el piquete número 5 y finaliza en el piquete número 8. En el piquete número 5 se inicia la colindancia del monte con la parcela del titular catastral don Arsenio Ramírez Hernán, finalizando la misma en el piquete número 6. En este piquete comienza la colindancia del monte con el titular catastral don Martín Benito, finalizando en el piquete número 7, desde el que se inicia la colindancia del monte con la parcela del titular catastral don Cipriano Benito Benito finalizando esta en el piquete número 8. El lindero Este discurre desde el piquete número 8 al piquete número 10, siendo la colindancia del monte entre los piquetes número 8 y número 9 con doña Juana Benito Benito y entre los piquetes número 9 y número 10 con doña Carmen Benito Benito. El lindero Sur comienza en el piquete número 10 y finaliza en el piquete número 14, siendo los tramos de colindancia del piquete número 10 al número 11, del piquete número 11 al número 12, del piquete número 12 al número 13 y del piquete número 13 al número 14. Los titulares catastrales que lindan con el monte entre dichos tramos son, respectivamente, don Miguel Ángel Rodrigo Ramírez, don Justo Julián Martín Pozo, don Julio Moreno García, y otros, y doña Petra Prieto Velasco. El lindero Oeste comienza desde el piquete número 14 hasta el piquete número 5. En el piquete número 14 se inicia la colindancia del monte con la carretera M-126, cuyo titular catastral es el Ayuntamiento de Puentes Viejas. Desde el piquete número 1 hasta el piquete número 2, el titular catastral del terreno que colinda con el monte es doña María Pilar Vicente Velasco. En el piquete número 2 comienza otra colindancia hasta el piquete número 3, con el titular catastral don Miguel Ángel Rodrigo Ramírez. En el tramo de colindancia que hay entre el piquete número 3 y el número 4, el monte linda con los terrenos cuya titular catastral es doña Carolina Perea Armenteros. Entre el piquete número 4 y el piquete número 5, el terreno que colinda con el monte está en investigación según el artículo 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas. Cabidas: — Superficie total: 8,4106 hectáreas. — Superficie enclavados: 0 hectáreas. — Superficie pública: 8,4106 euros. Otras características: El monte figura inscrito en el Registro de la Propiedad de Torrelaguna, a favor del Estado, por compra practicada el 31 de marzo de 1922, como consta en el tomo 684, folio 168, finca número 2.013, inscripción primera. A través del Real Decreto 1703/1984, de 1 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de conservación de la naturaleza, se traspasan, entre otros, los bienes que posee el Estado, entre los que figura el monte objeto de estudio. Segundo Que se declare atribuida al monte la siguiente finca, del término municipal de Puentes Viejas, de cuya inscripción en el Registro de Torrelaguna, existe constancia en el expediente: A) Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Torrelaguna, término municipal de Puentes Viejas, al folio 168 del tomo 684, finca número 2.013, inscripción primera, de fecha 27 de septiembre de 1990, a favor del Estado, atribuida totalmente al monte. A través del Real Decreto 1703/1984, de 1 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de conservación de la naturaleza, se traspasan, entre otros, los bienes que posee el Estado, entre los que figura el monte objeto de estudio. Que se acuerde gestionar la cancelación total o parcial de cualquier inscripción registral, en cuanto resultase contradictoria con la descripción del monte. Tercero Que se lleven los nuevos datos resultantes de la descripción del monte al Catálogo de Montes de Utilidad Pública (CUP) de la Comunidad de Madrid. Cuarto Que se lleven los nuevos datos resultantes de la descripción del monte al Registro de la Propiedad de Torrelaguna. Quinto Que, a la mayor brevedad posible, se proceda al amojonamiento de este monte, redactando y tramitando el correspondiente proyecto de amojonamiento. A tenor de lo dispuesto en el artículo 128 del Reglamento de Montes, aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero, podrán impugnar la presente Orden ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, las personas afectadas que hayan intervenido como parte en el expediente de deslinde, si plantearan cuestiones de tramitación o de carácter administrativo, pero no podrá sustanciarse en dicha Jurisdicción ninguna relativa al dominio o posesión del monte o cualquiera otra de naturaleza civil. Asimismo, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la excelentísima señora Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Lo que se hace público para general conocimiento. Madrid, a 29 de diciembre de 2009. La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, ANA ISABEL MARIÑO ORTEGA (03/2.140/10) |

