Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100204-0005
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C) Otras Disposiciones Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
Recibido y examinado el expediente de deslinde del monte demanial denominado “Soto de Manjomar”, número 181 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública (CUP) de la Comunidad de Madrid, propiedad del Ayuntamiento de Valdetorres de Jarama, situado en su término municipal, con todas las actuaciones realizadas, visto que en su tramitación y ejecución se ha cumplido lo establecido en la legislación vigente, y visto el informe y propuesta de 16 de marzo de 2009, y a petición del Director General del Medio Ambiente, y en virtud de las atribuciones que me confiere el Decreto 26/2009, de 26 de marzo, DISPONGO Primero Aprobar el deslinde del monte “Soto de Manjomar”, número 181 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública (CUP) de la Comunidad de Madrid, perteneciente al Ayuntamiento de Valdetorres de Jarama y sito en su término municipal, de acuerdo con el acta de apeo, el listado de las coordenadas de los piquetes y el plano que figura en el expediente de deslinde, quedando el monte con la descripción siguiente: — Comunidad Autónoma: Comunidad de Madrid. — Número del catálogo: 181. — Nombre: “Soto de Manjomar”. — Término municipal: Valdetorres de Jarama. — Pertenencia: Ayuntamiento de Valdetorres de Jarama. — Límites: l Norte: Término municipal de Talamanca de Jarama. l Este: Camino de Madrid y fincas particulares. l Sur: Arroyo de “La Galga” y fincas particulares. l Oeste: Monte número 167 de utilidad pública de la Comunidad de Madrid y finca del Ayuntamiento de El Molar. — Descripción de linderos: El lindero Norte comienza en el piquete 1, punto común a los municipios de Talamanca de Jarama, Valdetorres de Jarama y la finca “La Huelga de los Granados”, propiedad esta última del Ayuntamiento de El Molar, continuando dirección Sureste por la línea de términos hasta alcanzar la finca catastral número 88 en el piquete 6, propiedad de don Luis Vicente García Martín. La colindancia se verifica en todo momento con terrenos del término municipal de Talamanca de Jarama. El lindero Este continúa en dirección Sur en colindancia con las fincas registrales 88, 87, 86, 5.002, 83, 82 y 1 del polígono 1, hasta alcanzar el “Camino de Madrid” en el piquete 18. Desde aquí continúa dirección Sur limitando con dicho camino hasta alcanzar la parcela 5.202 del polígono 1 en el piquete 27. La colindancia se realiza con fincas particulares y en el “Camino de Madrid”. El lindero Sur discurre en dirección Sureste por el límite de la parcela 5.202 del polígono 1, girando seguidamente en dirección Oeste a partir del piquete 30, continuando el límite Norte de las parcelas 5.309, 5.308 y 5.307, tomando luego dirección Noroeste a partir del piquete 36, bordeando el norte de las parcelas 5.301, 5.306, 5.300, 5.305 y 5.304, hasta el piquete 40. En este punto gira la linde al Sur, bordeando el lado oeste de las parcelas 5.304, 5.303, 5.302 y 5.203, hasta alcanzar el piquete 46, situado en el arroyo de “La Galga”, que es la parcela 9.040, toma la linde en este punto la dirección Oeste hasta alcanzar el piquete 52, que coincide con el límite del monte número 167 de utilidad pública “Riberas del Jarama” en la barrera Sur, de entrada al Soto. La colindancia se realiza con las fincas particulares enumeradas. El lindero Oeste toma dirección Norte siguiendo el camino existente hasta el piquete 56, que coincide con el piquete p10 del monte número 167 de utilidad pública. Continúa entre los chopos hasta alcanzar “La Huelga de los Granados”, y desde aquí va bordeando esta parcela en dirección Noroeste para cerrar el polígono en el punto de inicio. La colindancia se realiza con el monte número 167 de utilidad pública “Riberas del Jarama” y con la parcela 5.207 del polígono 1. No existen enclavados. — Cabidas: l Cabida total del monte: 67,8506 hectáreas. l Cabida pública resultante: 67,8506 hectáreas. — Especies: Las especies presentes en este momento son las típicas de ribera, predominando los “Populus sp” y “Fraxinus sp”. — Servidumbres: La única servidumbre existente es la de paso por todos los caminos dentro del monte. Sólo está permitido el paso de vehículos a motor para aquellos que estén autorizados por la Comunidad de Madrid o por el Ayuntamiento de Valdetorres de Jarama. — Ocupaciones: No existen ocupaciones al día de hoy en el monte. Segundo Que se declaren atribuidas al monte las parcelas 502 y 10.502 del polígono 1 del Catastro de Rústica de Valdetorres de Jarama. Tercero Que se se acuerde gestionar la cancelación total o parcial de cualquier inscripción registral, en cuanto resultase contradictoria con la descripción del monte. Cuarto Que se lleven los nuevos datos resultantes de la descripción del monte al Catálogo de Montes de Utilidad Pública (CUP) de la Comunidad de Madrid. Quinto Que se inmatricule el monte, con las características resultantes, en el Registro de la Propiedad de Algete. Sexto Que a la mayor brevedad posible, se proceda al amojonamiento de este monte, redactando y tramitando el correspondiente proyecto de amojonamiento, quedando reflejados los detalles de las líneas del perímetro exterior en el informe del Ingeniero Jefe de Área de Conservación de Montes de fecha 16 de marzo de 2009, que obra en el expediente. A tenor de lo dispuesto en el artículo 128 del Reglamento de Montes, aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero, podrán impugnar la presente Orden ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa las personas afectadas que hayan intervenido como parte en el expediente de deslinde, si plantearan cuestiones de tramitación o de carácter administrativo; pero no podrá sustanciarse en dicha Jurisdicción ninguna relativa al dominio o posesión del monte o cualquiera otra de naturaleza civil. Asimismo, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la excelentísima señora Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Madrid, a 29 de diciembre de 2009. La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, ANA ISABEL MARIÑO ORTEGA (03/2.151/10) |

