Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100204-0024
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 16 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Providencia Ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña María José Ceballos Reinoso.—En Madrid, a 26 de enero de 2010. Dada cuenta del anterior escrito, únase a los autos de su razón y vistas las manifestaciones en él contenidas, se acuerda citar a las partes a comparecencia el día 12 de febrero de 2010, a las nueve cincuenta y cinco horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sito en la calle Hernani, número 59, advirtiéndoles de que deberán comparecer con todos los medios de prueba de que intenten valerse, así como que la incomparecencia les parará el perjuicio a que haya lugar en derecho. En cuanto a las cantidades consignadas en el presente procedimiento, estén las partes al resultado de la comparecencia antedicha. Auto En Madrid, a 25 de enero de 2010. Parte dispositiva: Se tiene a los recurrentes “Zena Grupo de Restauración, Sociedad Anónima” y “Cafeterías California, Sociedad Anónima”, por desistido del recurso de suplicación en su día anunciado contra la sentencia recaída en las presentes actuaciones, adquiriendo la misma firmeza mediante el presente proveído. Devuélvase a la demandada “Zena Grupo de Restauración, Sociedad Anónima”, la cantidad de 150,25 euros en concepto de depósito para recurrir, pudiendo retirar el mandamiento de devolución los miércoles en la Secretaría de este Juzgado de lo social, en horario de diez a catorce horas, una vez firme la presente resolución. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, siendo necesario para su interposición que la parte recurrente, con las exclusiones establecidas en el artículo 19 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, que introduce en disposición adicional decimoquinta de la LOPJ, deposite en la cuenta de consignaciones número 2514 de este Juzgado en el “Banesto” el importe de 25 euros, acreditándose dicho depósito anteriormente a la interposición del recurso; de no acreditarse no será admitido a trámite. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez sustituta de lo social (firmado). En Madrid, a 26 de enero de 2010. (03/4.135/10) |

