Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100204-0055
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 86 DE MADRID EDICTO En el procedimiento de juicio ordinario número 928 de 2008, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente: Vistos por el ilustrísimo señor don Manuel Pérez Echenique, magistrado-juez de primera instancia del número 86 de los de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 928 de 2008, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, don Juan Delgado Espinosa, representado por la procuradora doña Mercedes Lázaro Rodríguez y asistido de la letrada doña Mercedes Lázaro Vaquerizo, y de otra, como demandados, herencia yacente y/o desconocidos e inciertos herederos de don Fernando La Iglesia Morante, en situación procesal de rebeldía, y comunidad de propietarios de la calle Fuencarral, número 154, de Madrid, representada por la procuradora doña Ana María Martín Espinosa y asistida del letrado don José Jaime Muro Urdín; doña Carmen Higueras Arce, representada por la procuradora doña Isabel Soberón García de Enterría y asistida del letrado don José Antonio Velasco Aedo, y don Jesús de la Iglesia Higueras, asistida de la procuradora doña Isabel Saberón García de Enterría y asistido del letrado don Ignacio Burgada Canales. Fallo Que estimando la demanda formulada por la procuradora doña Teresa Castro Rodríguez, en nombre y representación de don Juan Delgado Espinosa, contra comunidad de propietarios de la calle Fuencarral, número 154, de Madrid, a quien representa la procuradora doña Ana María Espinosa; don Jesús La Iglesia Higueras, representado por la procuradora doña Isabel Soberón García de Enterría; herencia yacente de don Fernando La Iglesia Morante, incomparecida, y doña Carmen Higueras Arce, representada por la procuradora doña Isabel Soberón García de Enterría, debo condenar y condeno a esta última demandada a que satisfaga al actor la cantidad de 25.479,09 euros, la que devengará el interés legal desde la interpelación judicial, y al pago de las costas causadas, absolviendo al resto de los demandados de las pretensiones contra ellos deducidas, y sin efectuar especial pronunciamiento en costas por la intervención de los absueltos. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a partir del día siguiente al de su notificación. Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y como consecuencia del ignorado paradero de la herencia yacente y/o desconocidos e inciertos herederos de don Fernando La Iglesia Morante. En Madrid, a 11 de enero de 2010.—El secretario (firmado). (02/589/10) |

