Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100205-0220
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALBACETE EDICTO Don Francisco Gómez Nova, secretario del Juzgado de lo social número 3 de Albacete. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 62 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David Roberto Bellón Casillas, contra la empresa “Actividad y Proyecto de Negocio y Gestión Integral, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución que transcrita en lo necesario dice como sigue: Sentencia número 517 de 2009 En Albacete, a 30 de diciembre de 2009.—Don José Ramón Solís García del Pozo, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 3 de esta capital, ha dictado en nombre del Rey la siguiente sentencia. Fallo Que estimando íntegramente la demanda rectora de las presentes actuaciones condeno a “Actividad y Proyecto de Negocio y Gestión Integral, Sociedad Limitada”, a que abone a don David Roberto Bellón Casillas la cantidad de 900 euros, más los intereses al 10 por 100 anual de la mencionada cantidad desde la fecha de su devengo hasta la de su total satisfacción, declarando la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial en el abono de las mencionadas cantidades dentro de los límites establecidos en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores. Esta sentencia es firme, sin que queda interponer contra la misma recurso de suplicación. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Actividad y Proyecto de Negocio y Gestión Integral, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Albacete, a 13 de enero de 2010.—El secretario judicial (firmado). (03/2.496/10) |

