Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-02-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100205-0227

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 9 DE MÁLAGA

EDICTO

Doña María Dolores Fernández de Liencres Ruiz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 9 de Málaga.

Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 905 de 2008, a instancias de la parte actora don Hammich Karim, contra “Nortsur Montajes G. Electa A. Acond, Sociedad Limitada”, y “Global Perfect Sistems”, sobre social ordinario, se ha dictado auto de desestimiento, cuya parte dispositiva es de fecha 13 de enero de 2010 del tenor literal siguiente:

Su señoría ilustrísima doña Rocío Anguita Mandly, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 9 de Málaga, ante mí, la secretaria judicial, dijo: Que debía declarar y declaraba por desistido al actor don Hammich Karim de su demanda y, consiguientemente, se procede al archivo de las actuaciones.

Notifíquese el presente auto a las partes, haciéndoles saber que contra el mismo cabe recurso de reposición, ante este Juzgado de lo social, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto” número 00750000300905/09, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo “Concepto” que se trata de un recurso seguido del código “30” y “Social-Reposición”, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña Rocío Anguita Mandly, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 9 de Málaga. Doy fe.—La secretaria (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Y para que le sirva de notificación a la demandada “Nortsur Montajes G. Electa A. Acond, Sociedad Limitada”, y “Global Perfect Sistems”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 13 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.490/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100205-0227