Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100208-0153
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 7 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María José Farelo Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.041 de 2009 y acumulada número 1.047 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Luisa Sánchez García y doña Tamara Cuevas Merino, contra la empresa “Implantología y Estética Calidad Dental, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 25 de septiembre de 2009, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Que estimando como estimo la demanda formulada por doña María Luisa Sánchez García y doña Tamara Cuevas Merino, contra la empresa “Implantología y Estética Calidad Dental, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de las actoras y extinguida la relación laboral existente entre las partes con efectos de 25 de septiembre de 2009, condenando a la demandada a estar y pasar por estas declaraciones, con abono de las siguientes cantidades: A doña María Luisa Sánchez García: 13.729,50 euros de indemnización y 5.593,50 euros de salarios de tramitación, y a doña Tamara Cuevas Merino: 8.604,23 euros y 4.673,90 euros, respectivamente, por los mismos conceptos. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, de Madrid, número de banco 0030, número de agencia 1143, dígito de control 50, a nombre de este Juzgado con el número 5007, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones”, antes indicada, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Implantología y Estética Calidad Dental, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 18 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/2.903/10) |