Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
08-02-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100208-0201

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 18 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 90 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Cristián Leonardo Paz, contra don Francisco Muñoz Mora, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Providencia

Ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña Ofelia Ruiz Pontones.—En Madrid, a 21 de julio de 2009.

Dada cuenta; por recibidos los anteriores oficios de bancos, con resultados negativos y positivos, y el resto de la averiguación patrimonial del ejecutado, únanse a los autos de su razón.

Por recibidos los anteriores resguardos del banco “Banesto” en los que constan las transferencias de “Caja de Castilla-La Mancha” por importe total de 54,62 euros, y de “Cajalón” por importe de 6,38 euros, únanse a los autos de su razón, y queden los 61 euros en la cuenta de este procedimiento.

Comunicando por oficio “Caja de Castilla­La Mancha” que han transferido 2.731,25 euros, sin que hasta la fecha conste el resguardo del banco “Banesto” con la mencionada cantidad, en la cuenta de este procedimiento, y sumando los 54,62 euros que la misma caja ha transferido arroja el total del principal, más intereses y costas, póngase a disposición de don Cristián Leonardo Paz la cantidad de 2.395,87 euros en concepto de principal, y una vez se reciba el mencionado resguardo del banco “Banesto” con la aplicación del dinero a la cuenta de este procedimiento y una vez sea firme la presente, entréguese el correspondiente mandamiento de devolución al interesado en la Secretaría de este Juzgado, haciéndole saber que los mandamientos caducan a los tres meses desde su expedición.

Se acuerda el levantamiento de todos los embargos, y líbrense y remítanse cuantos despachos sean necesarios.

Verificado lo anterior, practíquese la correspondiente liquidación de intereses.

Notifíquese esta resolución.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Francisco Muñoz Mora, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.983/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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