Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100210-0133
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 179 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Lucía Gómez de la Serna y Agrada, contra la empresa “IG Investiga Estudios de Opinión y Mercado, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 29 de septiembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: a) Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por doña Lucía Gómez de la Serna y Adrada, contra “IG Investiga Estudios de Opinión y Mercado, Sociedad Anónima”, por un importe de 46.802,25 euros de principal, más 2.808,13 euros de intereses y 4.680,22 euros para costas que se fijan provisionalmente. b) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada. c) Líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid, al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades, por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentran los bienes cuya traba se pretende. d) Diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos, con el fin de que faciliten relación de todos los bienes y derechos del deudor de que tengan constancia. e) Se decreta el embargo sobre los ingresos que se produzcan en las cuentas corrientes de la parte ejecutada en las entidades “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, “Bancaja”, “La Caixa” y “Bankinter”, así como los saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos y cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada, en los que las entidades bancarias actúen como depositarias o meras intermediarias hasta cubrir el importe total del principal adeudado, más intereses y costas calculados, líbrense oportunas comunicaciones. f) Se acuerda el embargo del crédito que contra las empresas “Clear Channel España, Sociedad Anónima”, “Acap”, “Ingecón”, “Infoadex”, “Imnicón”, “Media Group”, “Media by Design” y Comisión Europea, ostenta la empresa demandada por relaciones comerciales mantenidas con la ejecutada, líbrense los correspondientes oficios a las empresas. En relación a la Comisión Europea no ha lugar por el momento a acordados embargo, debiendo aclarar y concretar qué créditos por relaciones comerciales tienen pendientes con la ejecutada. Al primer otrosí digo: deberá solicitarse la acumulación de ejecuciones ante el Juzgado que primero hubiere despachado ejecución contra la ejecutada. Notifíquese la presente resolución a las partes. Contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal), sin perjuicio de su ejecutividad. Así por este auto lo acuerda, manda y firma su señoría el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Isidro M. Saiz de Marco. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “IG Investiga Estudios de Opinión y Mercado, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 19 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/3.023/10) |

