Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
12-02-2010

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100212-134

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CAMPO REAL

OFERTAS DE EMPLEO

134
Bases específicas de convocatoria una plaza de policía del Cuerpo de Policía Local

El Ayuntamiento de Campo Real (Madrid) efectúa convocatoria pública, en base al presupuesto y a la plantilla municipal aprobados por el Pleno Municipal, en sesión celebrada el 18 de junio de 2008, para cubrir en régimen de funcionario de carrera una plaza de la categoría de policía del Cuerpo de Policía Local de este Ayuntamiento, cuyas bases específicas de convocatoria han sido aprobadas por la Junta de Gobierno Local el día 25 de enero de 2010.

BASES ESPECÍFICAS DE CONVOCATORIA PARA PROVEER UNA PLAZA DE LA CATEGORÍA DE POLICÍA DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE CAMPO REAL MEDIANTE OPOSICIÓN LIBRE

Características de las plazas objeto de la convocatoria

Número de plazas: una.

Categoría: policía.

Subgrupo: C2 (según la equivalencia del anterior grupo D a los nuevos grupos de clasificación de funcionarios, prevista en la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público).

Nivel de complemento de destino: 14.

Escala ejecutiva de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Policía Local.

Bases que regirán el procedimiento selectivo

El procedimiento selectivo constará de las siguientes fases, sucesivas y eliminatorias:

1. Oposición libre.

2. Curso selectivo de formación en la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid.

3. Período de prácticas en el municipio de Campo Real (Madrid).

Se regirá por las bases establecidas en la orden 1148/1997, de 24 de septiembre, del consejero de Presidencia, por la que se aprueban las bases generales para el ingreso en los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid, a través de la categoría de policía, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 251, de 22 de octubre de 1997, con excepción de la publicación en el “Boletín Oficial del Estado” a que se alude en las bases decimosexta, decimoséptima, decimoctava y decimonovena, que quedará referida al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como las referencias efectuadas a la Academia Regional de Estudios de Seguridad, que deberán entenderse realizadas a la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid.

Presentación de instancias y derechos de examen

La presentación de instancias deberá producirse a través de impreso normalizado en el Registro General del Ayuntamiento, sito en la plaza Mayor, número 1, de nueve a catorce horas, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Junto con la instancia los aspirantes deberán aportar obligatoriamente la autorización para someterse a las pruebas médicas según el modelo recogido en el anexo III de la señalada orden 1148/1997.

Los derechos de examen serán de 30 euros, que deberán abonarse en el número de cuenta 3081/0251/20/1105265928, adjuntando comprobante de haber satisfecho dicho pago a la solicitud de tomar parte en el proceso selectivo. También podrán abonarse en la forma establecida en el artículo 37.8 de la citada Ley 30/1992.

En relación al cumplimiento del requisito del proceso selectivo referido a la experiencia mínima de dos años en la conducción de motocicletas, se señala que la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid viene impartiendo el curso teórico-práctico sustitutivo de dicha experiencia, al que se refiere el Real Decreto 1598/2004, de 2 de julio, por el que se modifica el Reglamento General de Conductores, que establece la posibilidad de sustitución de la experiencia mínima de dos años en la conducción de motocicletas por un curso específico teórico y práctico impartido por una Escuela Oficial de Policía que cuente con autorización de la Dirección General de Tráfico.

Plazo de presentación de instancias

Veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, en el que deberá constar la fecha y número del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el que se hubiesen publicado las bases específicas de la convocatoria.

Tribunal calificador

El tribunal calificador de las pruebas selectivas tendrá la siguiente composición:

Presidente: un funcionario municipal.

Secretario: el del Ayuntamiento.

Vocales:

— Dos funcionarios de igual o superior categoría.

— Un funcionario propuesto por las centrales sindicales más representativas de los trabajadores del Ayuntamiento de Campo Real.

— Un funcionario de la Comunidad de Madrid.

Todos los miembros gozan del derecho de voz y voto, menos el secretario, que solo tendrá derecho a voz.

Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, todos sus miembros deberán ser funcionarios de carrera.

La designación de los miembros del tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.

El tribunal se clasifica en la tercera categoría, conforme a lo preceptuado en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio.

Orden de actuación de los aspirantes

El orden de actuación de los aspirantes se iniciará de conformidad con el sorteo público celebrado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública para el año 2010 a que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Orden de realización de las pruebas

Las pruebas selectivas que componen la fase de oposición (base octava de la Orden 1148/1997) se desarrollarán por el siguiente orden cronológico: primero, pruebas psicotécnicas; segundo, pruebas físicas; tercero, prueba de conocimientos, y cuarto, reconocimiento médico.

Campo Real, a 26 de enero de 2010.—La alcaldesa, Concepción Guerra Delgado.

(02/853/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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