Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
12-02-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100212-278

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

278
Demanda 304 de 2009

En virtud de lo acordado por el ilustrísimo señor magistrado-juez de este Juzgado en resolución de esta fecha, dictada en los autos número 304 de 2009 que en este Juzgado se siguen, a instancias de don Roberto Carlos Álvarez Rodríguez, contra “Controlex España Prevención de Riesgos, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial y administración concursal de “Controlex España Prevención de Riesgos, Sociedad Limitada”, sobre despido, por la presente se notifica la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, órgano y plazo al efecto.

Providencia

El magistrado-juez de lo social, don Lorenzo Arístides Pérez Guerra.—En Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de enero de 2010.

Las anteriores notificaciones y exhorto negativos a la empresa demandada y administración concursal, únanse, y procédase nuevamente a la citación de las partes, tras averiguación de domicilio, de comparecencia ante este Juzgado para el día 22 de febrero de 2010, a las once y cincuenta horas, a fin de ser examinados los hechos concretos de la no readmisión alegada y con la advertencia de que únicamente podrán aportar las pruebas que, estimadas pertinentes, puedan practicarse en el mismo acto, y de que si la parte actora no comparece (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, y si no lo hiciere la parte demandada (por sí o legalmente representada) se celebrará el acto en su ausencia.

Notifíquese la presente resolución y “ad cautelan” por el “Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas”, “Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla”, y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se significa, además, que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, comunidades autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, en la cuenta corriente número 0030/1105/50/0000000000, y al concepto clave 3487/0000/30/0304/09.

Así lo acuerda, manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Y para que sirva de notificación a “Controlex España Prevención de Riesgos, Sociedad Limitada”, con domicilio en la calle Laminadora, polígono industrial “Negrilla”, nave 48, 41016 Sevilla, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de enero de 2010.—La secretaria judicial, María Teresa Alonso García.

(03/4.048/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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