Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
12-02-2010

Sección 1.2.40.21: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100212-3

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

ACADEMIA DE POLICÍA LOCAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

3
RESOLUCIÓN de 27 de enero de 2010, del Gerente, por la que se convoca el curso selectivo de ascenso a la categoría de Sargento, Promoción XV, y curso selectivo de ascenso a la categoría de Cabo, Promoción XVII.

Según lo establecido en los artículos 35 y 37 de la Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, que incluye en el sistema de selección, tanto para el ingreso en los Cuerpos de Policía Local como para la promoción interna entre Cuerpos, un curso de formación de carácter obligatorio, y lo previsto en los artículos 2 y siguientes de la Ley 15/2000, de 21 de diciembre, de creación de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid, adscrita a la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, se hace necesario efectuar las correspondientes convocatorias a los respectivos cursos selectivos.

En su virtud, y haciendo uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,

RESUELVO

Primero

Objeto

El objeto de la presente Resolución es la convocatoria de los cursos selectivos que se indican a continuación:

a) XV curso selectivo de ascenso a la categoría de Sargento de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid.

b) XVII curso selectivo de ascenso a la categoría de Cabo de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid.

Segundo

XV curso selectivo de ascenso a la categoría de Sargento de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid

La convocatoria de dicho curso selectivo se regirá por las siguientes normas:

1. Participantes: Deberán asistir a dicho curso los aspirantes al ascenso a la categoría de Sargento de los Cuerpos de Policía Local de los municipios madrileños que hayan superado la primera fase de las pruebas selectivas de ingreso y se encuentren en situación de funcionarios en prácticas.

En todos los casos, los Ayuntamientos facilitarán a la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid los datos de identificación de quienes hayan de realizar el curso.

2. Reserva de plaza: La reserva de plaza en el curso anteriormente citado podrá hacerse a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y hasta una semana antes del inicio del curso.

3. Duración y calendario: El curso se iniciará el 12 de abril de 2010 y sus sesiones se desarrollarán durante los días y horas previstos en el desarrollo académico del mismo.

4. Lugar: Las sesiones del curso tendrán lugar en la Academia de Policía Local Cursos Selectivos de la Comunidad de Madrid, sita en la carretera de Colmenar Viejo, kilómetro 13,600, de Madrid, sin perjuicio de aquellas otras que por interés académico se puedan desarrollar fuera de dichas instalaciones.

5. Sistema de evaluación: El sistema de evaluación será el establecido en el Reglamento de Régimen docente de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid vigente en cada momento.

6. Superación del curso selectivo: La superación del curso selectivo se atendrá a lo establecido en el Reglamento de Régimen Interior de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid vigente en cada momento.

7. Situación jurídica de los alumnos: Durante el tiempo que permanezcan realizando el curso de formación, los asistentes tendrán la condición de funcionarios en prácticas. Por consiguiente percibirán del respectivo Ayuntamiento las retribuciones establecidos por dichas Corporaciones Locales de procedencia.

8. Normas de comportamiento y asistencia: Los aspirantes asistirán al curso vistiendo el uniforme reglamentario y deberán estar provistos de equipo de deporte para efectuar las correspondientes actividades.

A los alumnos les serán de aplicación las normas de régimen interior vigentes para el funcionamiento de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid y que les serán detalladas al comienzo del curso.

Tercero

XVII curso selectivo de ascenso a la categoría de cabo de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid

La convocatoria de dicho curso selectivo se regirá por las siguientes normas:

1. Participantes: Deberán asistir a dicho curso los aspirantes al ascenso a la categoría de Cabo de los Cuerpos de Policía Local de los municipios madrileños que hayan superado la primera fase de las pruebas selectivas de ingreso, y se encuentren en situación de funcionarios en prácticas.

En todos los casos, los Ayuntamientos facilitarán a la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid los datos de identificación de quienes hayan de realizar el curso.

2. Reserva de plaza: La reserva de plaza en el curso anteriormente citado podrá hacerse a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y hasta una semana antes del inicio del curso.

3. Duración y calendario: El curso se iniciará el 12 de abril de 2010 y sus sesiones se desarrollarán durante los días y horas previstos en el desarrollo académico del mismo.

4. Lugar: Las sesiones del curso tendrán lugar en la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid, sita en la carretera de Colmenar Viejo, kilómetro 13.600, de Madrid, sin perjuicio de aquellas otras que por interés académico se puedan desarrollar fuera de dichas instalaciones.

5. Sistema de evaluación: El sistema de evaluación será el establecido en el Reglamento de Régimen Interior de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid vigente en cada momento.

6. Superación del curso selectivo: La superación del curso selectivo se atendrá a lo establecido en el Reglamento de Régimen Interior de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid vigente en cada momento.

7. Situación jurídica de los alumnos: Durante el tiempo que permanezcan realizando el curso de formación, los asistentes tendrán la condición de funcionarios en prácticas. Por consiguiente percibirán del respectivo Ayuntamiento las retribuciones establecidos por dichas Corporaciones Locales de procedencia.

8. Normas de comportamiento y asistencia: Los aspirantes asistirán al curso vistiendo el uniforme reglamentario y deberán estar provistos de equipo de deporte para efectuar las correspondientes actividades.

A los alumnos les serán de aplicación las normas de régimen interior vigentes para el funcionamiento de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid y que les serán detalladas al comienzo del curso.

Madrid, a 27 de enero de 2010.—El Gerente, Agustín Carretero Sánchez.

(03/5.025/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.40.21: I. COMUNIDAD DE MADRID

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