Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
16-02-2010

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100216-72

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PEDREZUELA

RÉGIMEN ECONÓMICO

72
Modificación ordenanzas municipales

No habiéndose formulado reclamación alguna contra el acuerdo de modificación de las ordenanzas municipales que se relacionan, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 17 de diciembre de 2009, queda elevado a definitivo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

— Servicios de cementerio municipal:

l Cuota tributaria columbarios: 150 euros.

— Sobre uso del salón de actos de la Casa de la Cultura:

l Por media jornada, hasta tres horas: 70 euros.

l Por jornada completa, hasta ocho horas: 150 euros.

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica:

l Incremento de las tarifas del impuesto en el 4 por 100, con redondeo a la déci ma de euro.

— Por utilización de terrenos de uso público con mesas, sillas, tribunas y otros elementos análogos:

l Hasta 6 mesas: 220 euros.

l De 7 a 10 mesas: 350 euros.

l Tablados y tribunas: 2 euros/metro día, 45 euros/metro mes, 135 euros/metro trimestre y 580 euros/metro año.

— Tasa por expedición de documentos:

l Certificaciones y expedientes administrativos: 2 euros.

l Tasa por concesión de licencias: 16 euros.

l Certificaciones sobre valoración de terrenos y cédulas urbanísticas: 4 euros.

Contra el presente acuerdo los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Pedrezuela, a 29 de enero de 2010.—La alcaldesa (firmado).

(03/4.385/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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