Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 40

Fecha del Boletín 
17-02-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100217-269

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

269
Demanda 553 de 2009

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 553 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Elena Luminita Sumán, contra las empresas “Grazy Store, Sociedad Limitada”, y “Packing Multifruits Ibérica, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 3 de noviembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 433 de 2009

En Madrid, a 3 de noviembre de 2009.—Doña Susana García Santa Cecilia, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, tras haber visto los presentes autos número 553 de 2009, sobre despido, en los que han sido partes: como demandante, doña Elena Luminita Sumán, asistida por el letrado don David Manuel Reyes Redondo, y como demandadas, “Crazy Store, Sociedad Limitada”, y “Packing Multifrutis Ibérica, Sociedad Limitada”, representadas por don Julián María López de la Osa y asistidas por el letrado don Eduardo Tejerina Echevarría, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Elena Luminita Sumán, contra “Crazy Store, Sociedad Limitada”, y “Packing Multifruits Ibérica, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del que fue objeto la actora el día 24 de febrero de 2009, condenando a las empresas demandadas a que en el plazo de cinco días, contados a partir de la notificación de esta setnencia, opte por readmitir a la demandante en su puesto de trabajo o por indemnizarla con la cantidad de 4.771,95 euros, debiendo abonarle en todo caso los salarios dejados de percibir desde la fecha indicada hasta la de la referida notificación, con la advertencia de que de no ejecitar la opción dentro del plazo indicado, mediante escrito o comparecencia en este Juzgado, se entenderá que procede la readmisión de la trabajadora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se hará saber que contra ella podrá interponerse recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dentro de los cinco días siguientes a su notificación, anunciándolo ante este Juzgado.

Se advierte además a las partes que deberán hacer constar en los escritos de interposición del recurso y de impugnación, un domicilio en la sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a efectos de notificación, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 195 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Crazy Store, Sociedad Limitada”, y “Packing Multifruits Ibérica, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.471/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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