Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 40

Fecha del Boletín 
17-02-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100217-273

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

EDICTO

273
Demanda 1.176 de 2009

Doña Ana María Olalla del Olmo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado a instancias de doña Eleonora Zheleva Gospodinova, doña Rosa Graciela Báez Báez, doña María Elsa Loayza Zárate, doña Cristina Mihcel Stirlea, don Julio Alberto Morón Villar y doña Laila Maaroufi Tarik, contra “Meg 96, Sociedad Limitada Unipersonal”, en reclamación por despido, registrado con el número 1.176 de 2009, con fecha 15 de enero de 2010 se ha acordado la sentencia número 13 de 2010, cuyo fallo es del tenor siguiente:

Fallo

Que estimando la pretensión principal contenida en la demanda promovida por doña Eleonora Zheleva Gospodinova, doña Rosa Graciela Báez Báez, doña María Elsa Loayza Zárate, doña Cristina Mihcel Stirlea, don Julio Alberto Morón Villar y doña Laila Maaroufi Tarik, frente a “Meg 96, Sociedad Limitada Unipersonal”, siendo parte interesada el Fondo de Garantía Salarial, declaro la nulidad del despido de los actores de fecha 25 de junio de 2009 y la extinción de los contratos de trabajo por imposibilidad de readmitir a los trabajadores, y condeno a la empresa demandada a abonarles las indemnizaciones y los salarios de tramitación desde la fecha del despido, respectivamente, que se dirá a continuación:

A doña Rosa Graciela Báez Báez: 11.562 euros y 6.691,20 euros.

A doña María Elsa Loayza Zárate: 1.430,14 euros y 7.072,08 euros.

A doña Cristina Mihcel Stirlea: 1.820,18 euros y 7.072,08 euros.

A don Julio Alberto Morón Villar: 14.301,38 euros y 7.819,32 euros.

A doña Laila Maaroufi Tarik: 4.810,46 euros y 7.072,08 euros.

A doña Eleonora Zheleva Gospodinova: 1.430,14 euros por indemnización.

La cantidad que en concepto de salarios de tramitación corresponde a la demandante doña Eleonora Zheleva Gospodinova se determinará en ejecución de sentencia una vez se acredite el importe y el periodo de los salarios a descontar por haber trabajado para otra empresa con posterioridad al despido.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), de la calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2802/1176/09, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), de la calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2802/1176/09, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a “Meg 96, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente.

En Madrid, a 15 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.455/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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