Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2010

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100220-21

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALDEA DEL FRESNO

RÉGIMEN ECONÓMICO

21
Notificación deudores

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), y habiendo sido intentada la notificación individual sin que haya resultado posible practicarla, se hace público lo siguiente:

Doña Raquel Bello Piñero, tesorera del Ayuntamiento de Aldea del Fresno.

Hace saber: Que por haber resultado negativa la notificación intentada en el domicilio que figura en el correspondiente título ejecutivo, procede citar a los deudores que en el anexo se relacionan, o a sus representantes, tal y como previenen los artículos 112 de la Ley General Tributaria y 103 del Reglamento General de Recaudación para ser notificados por comparecencia por medio del presente edicto.

«Providencia: en uso de las facultades que me confiere el artículo 8 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en relación con los artículos 68 y 69 del Reglamento General de Recaudación, declaro incursos los importes de la presente relación, en el recargo del 20 por 100, y dispongo se proceda ejecutivamente contra el patrimonio de los deudores con arreglo a los preceptos de dicho Reglamento.

Y hallándose usted comprendido en la referida relación, se le concede el plazo que se especifica a continuación para hacer el pago del débito que se consigna, en la Oficina Municipal de Recaudación, previniéndole de que, de no verificarlos, se procederá, sin más, al

Recurso: de reposición, ante el alcalde, en el plazo de un mes contado desde el siguiente día al que le sea notificada la presente providencia, conforme a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Contra la resolución expresa o tácita del recurso de reposición, si lo hiciere, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, dentro de los plazos señalados en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, advirtiéndose de que el procedimiento de apremio que se sigue, aunque se interponga recurso, no se suspenderá sino en los casos y condiciones previstos en el artículo 224 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Aplazamiento: se establece, en los artículos 46 y 47 del Reglamento General de Recaudación, la norma para aplazar o fraccionar el pago de las deudas en período ejecutivo. La aceptación de las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento se efectuará en las dependencias municipales.

Plazos:

— Si hubiese sido notificado entre los días 1 y 15 de este mes, puede efectuar el pago hasta el día 20 del mismo o inmediato hábil posterior.

— De haber sido notificado entre los días 16 y último de cada mes, puede efectuar el pago hasta el día 5 del mes siguiente o inmediato hábil posterior.

Intereses de demora: las cantidades adeudadas devengarán interés de demora desde el día siguiente al vencimiento de la deuda en período voluntario hasta la fecha de su ingreso. El tipo de interés se fijará de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Se utilizará como base para el cálculo el importe del principal no satisfecho.

La cancelación del principal, recargo de apremio y costas originadas por el procedimiento, no exime al deudor del pago de los intereses de demora que procedan conforme a la legislación vigente.

Lugar para la presentación de los contribuyentes incluidos en la relación: en las oficinas de Gestión Tributaria, plaza de la Constitución, número 1, Aldea del Fresno (Madrid).

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (Ley 15/1999, de 13 de diciembre, “Boletín Oficial del Estado” de 14 de diciembre de 1999), se pone en su conocimiento que los datos recogidos y tratados informáticamente son propiedad del Ayuntamiento de Aldea del Fresno en el ejercicio de sus competencias tributarias. El interesado podrá ejercitar, en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la citada Ley.

En Aldea del Fresno, a 22 de diciembre de 2009.—El tesorero.

Plaza de la Constitución, número 1 (Madrid). Embargo de sus bienes o a la ejecución de las garantías existentes».

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En Aldea del Fresno, a 30 de diciembre de 2009.—La alcaldesa-presidenta (firmado).

(03/321/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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