Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 44

Fecha del Boletín 
22-02-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100222-139

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 66

EDICTO

139
Constitución del acogimiento 743 de 2008

Doña María Teresa Martín Antona, secretaria del Juzgado de primera instancia número 66 de Madrid.

Hago saber: Que en el Juzgado se tramitan autos de acogimiento seguidos bajo el número 743 de 2008, a instancias del Instituto Madrileño del Menor y la Familia, estando la madre biológica del menor acogido en ignorado paradero, habiendo recaído en dicho procedimiento la resolución del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se acuerda la constitución del acogimiento del menor Alberto por don ... y por doña ..., los que asumirán las obligaciones que establece el artículo 173.1 del Código Civil y demás obligaciones inherentes, y asumiendo las facultades inherentes a la tutela.

El acogimiento es de carácter permanente, de duración indefinida y no remunerado, corriendo los gastos de alimentación del menor a cargo de los acogedores.

La convivencia del menor será en el domicilio de sus acogedores, con todas las obligaciones legales inherentes al acogimiento familiar. Autorizándose a establecer a favor de la madre el régimen de visitas que en cada momento del acogimiento se estime más adecuado para el menor, delegándose expresamente las facultades de la tutela sobre el menor a favor de sus acogedores.

Notifíquese a las partes y firme que sea resolución, expídase testimonio de este auto y entréguese al solicitante.

Contra el presente auto cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial, pudiendo prepararse la apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación en los términos prevenidos en los artículos 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, debiendo constituir la parte recurrente depósito por importe de 50 euros que serán ingresados en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene en “Banesto” bajo el número 2887, en caso contrario no se admitirá a trámite el recurso.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Daniela Untanu, la cual se encuentra en ignorado paradero, se publica en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se extiende y firma el presente en Madrid, a 20 de enero de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/4.044/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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