Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 44

Fecha del Boletín 
22-02-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100222-275

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 2

EDICTO

275
Procedimiento 60 de 2010

Doña María Luisa Jover Aparicio, secretaria judicial de refuerzo del Juzgado de lo social número 2 de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 60 de 2010, a instancias de la parte actora, don Juan Antonio Miera Béjar, contra “Daibús, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución de fecha 28 de enero de 2010 del tenor literal siguiente:

Auto

En Málaga, a 28 de enero de 2010.—Dada cuenta; y…

Parte dispositiva:

Su señoría dispuso: Con la demanda que se da cuenta, fórmese el oportuno expediente que se registrará en el libro de los de su clase. Se admite cuando ha lugar en derecho la demanda presentada. Para la celebración de los actos de juicio y, en su caso, conciliación, que tendrá lugar ante este Juzgado de lo social, y que se celebrarán en la Sala de audiencias del Juzgado de lo social número 2 de Málaga, se señala el día 5 de marzo de 2010, a las once cuarenta y cinco horas, a cuyo efecto se citará a las partes, con entrega a la demandada de copia simple de la demanda, advirtiéndole que es única convocatoria y que deberá concurrir con todos los medios de prueba de que intente valerse, sin que se pueda suspender el acto por falta injustificada de asistencia de aquella, y de no comparecer el demandante, ni alegar justa causa, se le tendrá por desistido de su demanda, sirviendo la notificación de la presente de citación en forma.

Cúmplase lo prevenido en la Ley de Procedimiento Laboral.

Se admiten las pruebas interesadas.

Se accede a lo solicitado, requiérase a la empresa demandada para que aporte al acto de juicio la documental propuesta por el actor.

Cítese al representante legal de “Daibús, Sociedad Limitada”, a fin de que comparezca personalmente al acto de juicio para prestar confesión judicial, apercibiéndole que de no hacerlo podrá ser tenido por confeso en los hechos de la demanda.

Cítese al ministerio fiscal.

Cítese al Fondo de Garantía Salarial.

Cítese a la demandada por edicto.

Cítese a don Santiago Aguado García, en calidad de consejero-delegado de la empresa “Daibús, Sociedad Limitada”, para que comparezca al acto de juicio.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Contra la presente resolución cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo social, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse de depósito la cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlos en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto”, número 2950/0000/61/0060/10, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo “Concepto” que se trata de un recurso, seguido del código “30” y “Social-Reposición”, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de “Banesto” número 0030/1846/42/0005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo social número 2 de Málaga, … indique número de Juzgado… de … indique ciudad…, y en “Observaciones” se consignarán los dieciséis dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos dieciséis dígitos (separados por un espacio) el código “30” y “Social-Reposición”.

Así por este auto lo acuerdo, mando y firmo el ilustrísimo señor don Manuel Martín Hernández-Carrillo, magistrado-juez del cupo de refuerzo del Juzgado de lo social número 2 de Málaga. Doy fe.—La secretaria de refuerzo (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Y para que sirva de notificación a la demandada “Daibús, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 28 de enero de 2010.—La secretaria judicial de refuerzo (firmado).

(03/4.880/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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