Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46

Fecha del Boletín 
24-02-2010

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100224-160

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORRELAGUNA NÚMERO 1

EDICTO

160
Expediente de dominio 1.108 de 2009

Don Juan Manuel Larios Aleixandre, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 1 de Torrelaguna.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue expediente de dominio número 1.108 de 2009 para la reanudación del tracto sucesivo registral interrumpido, a instancias de don Julio Martín Asenjo y doña Eugenia Rivera Redondo, sobre la siguiente finca:

Solar en la calle de Torrelaguna, número 14, del municipio de Torremocha de Jarama (Madrid), ocupa una superficie de 544 metros cuadrados, y linda: por la derecha, entrando, corral del Curato, calle del Juego de la Pelota y hoy, además, con don Julio Martín López; izquierda, terreno de don Francisco Díaz, y espalda, camino.

Sobre esta finca agrupada de las números 1.661 y 1.662 se declaró la obra nueva siguiente: casa de 180 metros cuadrados edificados en dos plantas.

Por el presente, y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha, se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

Asimismo, se cita a doña Julia Francisca Rivera Herrero, don Hilario Rivera Díaz, don Eugenio Rivera Díaz y doña Julia Rivera Díaz y sus posibles herederos, cuyo actual domicilio se desconoce, para que dentro del término anteriormente expresado puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En Torrelaguna, a 18 de enero de 2010.—La secretaria (firmado).

(02/1.019/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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