Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
02-03-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100302-131

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

131
Demanda 5 de 2010

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 5 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Yinez Rosario Jiménez, contra las empresas “Marítima Tarfaya, Sociedad Limitada”, “Bestdene Española, Sociedad Limitada”, “Contenemar, Sociedad Anónima”, “Asmar Corporación Logística, Sociedad Limitada”, don Luis J. Fernández Arimany, don Ignacio Zorzona Pérez, “Petropesca, Sociedad Limitada”, don Armando Betancor Álamo, don Julián José Barrios Sánchez y “Tasmar Logística, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 15 de enero de 2010.

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 2 de marzo de 2010, a las diecisiete y treinta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita la calle Hernani, número 59, primera planta, de Madrid, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Se admiten las pruebas propuestas.

Con respecto al primer otrosí, en relación a la confesión judicial, expídanse las correspondientes cédula de citación a todos los demandados.

En relación a la documental, requiérase a cada uno de los demandados a fin de que aporten al acto del juicio la documental pedida por la parte actora en su escrito de demanda.

En relación a la testifical, expídanse las correspondientes cédulas de citación a los testigos.

Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes y adviértase que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, mediante escrito o comparecencia, ante este Juzgado en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de la presente resolución, siendo indispensable que al tiempo de interponerlo el recurrente, si es parte en quien no concurra la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario de la Seguridad Social y que no goce del beneficio de justicia gratuita, presente resguardo del ingreso en “Recursos de reposición” de la cantidad de 25 euros, con indicación de la entidad bancaria 0030, oficina 1143, dígito de control 50, número de cuenta 0000000000, beneficiario Juzgado de lo social número 1 de Madrid, concepto 2499/0000/30 y número del presente procedimiento judicial, en la sucursal de “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Miguel Moreiras Caballero.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Yinez Rosario Jiménez, “Marítima Tarfaya, Sociedad Limitada”, “Bestdene Española, Sociedad Limitada”, “Contenemar, Sociedad Anónima”, “Asmar Corporación Logística, Sociedad Limitada”, don Luis J. Fernández Arimany, don Ignacio Zorzona Pérez, “Petropesca, Sociedad Limitada”, don Armando Betancor Álamo, don Julián José Barrios Sánchez y “Tasmar Logística, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de febrero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.055/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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