Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
02-03-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100302-268

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

EDICTO

268
Demanda 1.392 de 2009

Don José Luis Sanz Hernández, secretario judicial de refuerzo del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.392 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Teresa Merino Callejo, doña María García Gallego, don Carlos Serrano González y don David Pérez Grande-Caballero, contra la empresa “Arayda Tapizados, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 22 de enero de 2010 que es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña María Teresa Merino Callejo, doña María García Gallego, don Carlos Serrano González y don David Pérez Grande-Caballero, contra la mercantil “Arayda Tapizados, Sociedad Limitada”, no comparecida y debo declarar y declaro improcedente el despido de los actores y siendo imposible la readmisión declaro extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución y condeno a la empresa demandada a que indemnice:

A doña María Teresa Merino Callejo, en la suma de 23.316,75 euros, así como al abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido (1 de septiembre de 2009) hasta la presente resolución a razón de 48,20 euros/día.

A doña María García Gallego, en la suma de 6.632,58 euros, así como al abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido (1 de septiembre de 2009) hasta la presente resolución a razón de 22,97 euros/día.

A don Carlos Serrano González, en la suma de 23.859 euros, así como al abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido (1 de septiembre de 2009) hasta la presente resolución a razón de 48,20 euros/día.

A don David Pérez Grande-Caballero, en la suma de 20.835,93 euros, así como al abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido (1 de septiembre de 2009) hasta la presente resolución a razón de 43,75 euros/día.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito; siendo indispensable si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso; y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 150,25 euros, ambos en la cuenta abierta a tal efecto en el “Banesto”, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Arayda Tapizados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de enero de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/5.041/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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