Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
02-03-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100302-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 41

EDICTO

110
Juicio verbal 218 de 2008

Doña María Nieves Ugena Yustos, secretaria del Juzgado de primera instancia número 41 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento seguido en este Juzgado a instancias de “Gas Natural SDG, Sociedad Anónima”, contra don Franklin Germán Serrano Álvarez, en los autos número 218 de 2008, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 16 de junio de 2009.—Vistos por su señoría doña Adelaida Medrano Aranguren, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 41 de esta localidad, los presentes autos de juicio verbal seguidos bajo el número 218 de 2008 y promovidos a instancias de la procuradora de los tribunales doña África Martín Rico, en nombre y representación de la entidad “Gas Natural SDG, Sociedad Anónima”, contra don Franklin Germán Serrano Álvarez.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales doña África Martín Rico, en nombre y representación de la entidad “Gas Natural SDG, Sociedad Anónima”, contra don Franklin Germán Serrano Álvarez, debo declarar y declaro resuelto el contrato de suministro de gas otorgado entre la actora y el demandado, suscrito en fecha 6 de marzo de 1997 mediante póliza número 1.494.078, condenando al demandado a estar y pasar por dicha resolución, debiendo este facilitar el acceso al domicilio sito en la calle Pico de los Artilleros, número 174, tercero A, de Madrid, y permitir que se desmonte el contador de gas, clausurando la instalación receptora, bajo apercibimiento que en caso contrario se procederá a librar mandamiento de entrada para que en el día y hora al efecto se señale se constituya la comisión judicial en el mismo asistida de la parte actora, a fin de que por personal técnico de a compañía, se proceda a la privación de suministro, desmontando el contador. De igual modo procede condenar a la parte demandada al abono a la actora de la suma de 1.122,73 euros, más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demandada, con imposición al demandado de las costas causadas.

Este sentencia no es firme, contra la misma podrá interponerse recurso de apelación que habrá de prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Franklin Germán Serrano Álvarez, se extiende la presente para que sirva de notificación.

En Madrid, a 5 de febrero de 2010.—La secretaria (firmado).

(02/1.554/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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